Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación. | |
Artículo 26. Financiación.
Las actuaciones y programas de compensación educativa previstas en esta Ley se financiarán con cargo a los créditos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma, así como con aquellos fondos procedentes de entidades públicas o privadas que contribuyan a la financiación de programas y actuaciones específicas para el ejercicio de la solidaridad en la educación.
El alumnado perteneciente a familias andaluzas que, de acuerdo con la normativa vigente, sean beneficiarias del Ingreso Mínimo de Solidaridad tendrán prioridad para la obtención de las ayudas y compensaciones de carácter individual que se deriven de la aplicación de la presente Ley.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
1. Hasta tanto se proceda al desarrollo reglamentario de la presente Ley y sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo de esta disposición, continuarán en vigor, con sus respectivos rangos, los Decretos 168/1984, de 12 de junio, de Educación Compensatoria en Zonas Urbanas; 207/1984, de 17 de julio, de Educación Compensatoria en Zonas Rurales; 99/1988, de 10 de marzo, por el que se determinan las zonas de actuación educativa preferente en la Comunidad Autónoma de Andalucía; 192/1997, de 29 de julio, por el que se regula el servicio de comedores de centros públicos, y 100/1988, de 10 de marzo, por el que se ordenan las residencias escolares, en cuanto a las materias reguladas en esta Ley.
2. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo establecido en la presente Ley.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Desarrollo de la Ley.
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en la presente Ley.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de noviembre 1999.
Manuel Chaves González,
Presidente.
[Aviso Legal] http://noticias.juridicas.com