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Acuerdo 19/2010, de 25 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad de Castilla y León (INUNCYL).


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Sumario:

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su artículo 71.1.16, establece la competencia de desarrollo normativo y ejecución de la Comunidad de Castilla y León en materia de protección civil, regulación, planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y la seguridad civil, así como la coordinación y la formación de los servicios de protección ciudadana.

El Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, atribuyó a la Consejería de Interior y Justicia, entre otras, las competencias en materia de protección ciudadana.

La Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, constituye el marco legal que determina todo el sistema de prevención y de respuesta ante situaciones de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria. La Norma Básica de Protección Civil, Real Decreto 407/1992, constituye el marco fundamental para la integración de los Planes de Protección Civil, estableciendo dos tipos de Planes: Planes Territoriales y Planes Especiales.

El Plan Territorial de Castilla y León (PLANCAL) constituye el marco de referencia para el desarrollo de la Protección Ciudadana en la Comunidad de Castilla y León.

La Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones, establece los criterios mínimos que han de seguir las distintas Administraciones Públicas, para la confección de los planes de protección civil frente a los riesgos por inundaciones, en el ámbito territorial y competencial que a cada una le corresponda.

Por lo que respecta a los Planes Especiales, se elaboran para hacer frente a los riesgos específicos cuya naturaleza requiera una metodología técnico-científica adecuada para cada uno de ellos. Entre estos se encuentran los riesgos derivados de las inundaciones. En este marco se engloba el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad de Castilla y León.

El Plan, denominado con el acrónimo INUNCYL, elaborado de acuerdo con lo recogido en el citado Real Decreto, está orientado a la prevención de los daños derivados de los episodios de las inundaciones en el ámbito de la Comunidad, así como a la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente. Este Plan permitirá realizar una gestión de los riesgos derivados de las inundaciones de una manera integral, incorporando los diferentes planes de inundaciones o guías de respuesta de las Entidades Locales.

La Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, especifica en su artículo 11 que los Planes especiales cuyo ámbito territorial de aplicación no exceda del de una Comunidad Autónoma se aprobarán, previo informe de la Comisión de Protección Ciudadana de la Comunidad Autónoma correspondiente, por el Consejo de Gobierno de dicha Comunidad y serán homologados por la Comisión Nacional de Protección Civil.

El Decreto 73/2005, de 20 de octubre, por el que se regula la Comisión de Protección Ciudadana de Castilla y León, determina que ésta ejercerá entre sus funciones la de informar los Planes de Protección Civil que deban ser aprobados por Acuerdo de la Junta de Castilla y Leon.

La Comisión de Protección Ciudadana de Castilla y León en el pleno celebrado el día 17 de noviembre de 2008 acordó informar favorablemente el Plan de de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad de Castilla y León (INUNCYL).

En su virtud, al amparo del artículo 16, apartados j y r de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Interior y Justicia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 25 de febrero de 2010 adopta el siguiente acuerdo

Artículo Primero.

Aprobar el Plan de de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad de Castilla y León (INUNCYL).

Artículo Segundo.

Remitir dicho Plan a la Comisión Nacional de Protección Civil para su homologación.

DISPOSICIÓN FINAL.

El Presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 25 de febrero de 2010.

 

El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo.
El Consejero de Interior y Justicia,
Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco.



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