Base de Datos de Legislación

Ley 4/1985, de 3 de junio, del Escudo, Himno y Día de Extremadura.


TÍTULO I.
DEL ESCUDO.

Artículo 3.

El escudo de Extremadura es un escudo con boca a la española. Timbrado en coronel abierto; compuesto de ocho florones de hojas de acanto visibles cinco, engastado en piedras preciosas.

Escudo medio partido y cortado.

En el primer cuartel de oro un león rampante de gules linguado y uñado.

En el segundo en campo de gules un castillo de oro mazonado de sable.

En el tercero en campo de azur dos columnas corintias de oro rodeadas de una cinta de plata con leyenda Plus Ultra cargada de letras de gules.

En punta ondas de azur y plata.

Sobre el todo un escusón de plata con una encina de sinople fustada.

Artículo 4.

El diseño lineal del escudo de Extremadura es el que se recoge en el anexo I de la presente Ley.

Artículo 5.

El escudo de Extremadura figurará en:

  1. Los edificios de la comunidad autónoma.

  2. Las banderas de Extremadura que se exhiben en los edificios o establecimientos de los distintos organismos públicos sitos en el territorio de la comunidad autónoma de Extremadura.

  3. Los medios de transporte oficial de las instituciones autonómicas.

  4. Los diplomas o títulos de cualquier clase, expedidos por autoridades representativas de instituciones autonómicas.

  5. Los documentos impresos, sellos y membretes de uso oficial de las instituciones autonómicas.

  6. Las publicaciones oficiales de las instituciones de la comunidad autónoma.

  7. Los distintivos oficiales, si los hubiere, usados por las autoridades representativas de instituciones autonómicas.

  8. Los lugares u objetos de uso oficial que por su carácter especialmente representativo así se determine.

Artículo 6.

El escudo no podrá ser utilizado como símbolo de identificación por ninguna entidad pública o privada que no sea las instituciones de la comunidad autónoma de Extremadura, en los términos de la presente Ley. No se admitirá ningún uso que vaya en menoscabo de su alta significación.

Artículo 7.

El escudo goza de idéntica protección que los demás símbolos del Estado del que la comunidad extremeña forme parte.



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.