Base de Datos de Legislación

Ley 5/1995, de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales, termales, de manantial y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia.


TÍTULO I.
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1.

La presente Ley tiene como objeto la regulación de las aguas minerales, termales y de manantial cuyo lugar de nacimiento o alumbramiento esté situado dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Igualmente, es objeto de esta Ley, dentro del ámbito territorial señalado, la regulación de los establecimientos balnearios.



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.