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Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral.


TÍTULO III.
DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Artículo 27. Competencias del Gobierno de La Rioja.

Sin perjuicio de aquellas otras que el ordenamiento vigente le atribuye, corresponden al Gobierno de La Rioja, en el ámbito de la intervención sociolaboral, las siguientes competencias:

  1. La planificación general, en coordinación con las Entidades Locales, de la intervención sociolaboral.

  2. La coordinación de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas y entidades que actúan en el ámbito de la inserción sociolaboral, así como fomentar la colaboración entre ellas, con el fin de garantizar una política homogénea y una mejor optimización de los recursos disponibles.

  3. Las funciones correspondientes al Primer y Segundo Nivel de Intervención Sociolaboral de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.

  4. El fomento, desarrollo y consolidación de Empresas de Inserción, así como su registro y calificación.

  5. La elaboración de estudios, análisis y estadísticas en materia de inserción sociolaboral.

  6. Aquellas otras competencias que puedan atribuírsele legal o reglamentariamente.

Artículo 28. Competencias de las Entidades Locales.

Sin perjuicio de las competencias que en los ámbitos de Servicios Sociales y Empleo les atribuya la normativa estatal y autonómica vigente, las Entidades Locales tendrán las siguientes competencias en el ámbito de la intervención sociolaboral:

  1. La detección y el análisis de las situaciones o riesgos de exclusión social existentes en su ámbito territorial.

  2. La planificación de la intervención sociolaboral del Primer Nivel, en coordinación con la planificación general del Gobierno de La Rioja.

  3. Las funciones correspondientes al Primer Nivel de Intervención Sociolaboral, así como aquellas pertenecientes al Segundo Nivel que legalmente les correspondan.

  4. La promoción y la realización de investigaciones y estudios en el ámbito de la intervención sociolaboral, así como la colaboración con el Gobierno autonómico en la elaboración de estadísticas sobre la materia.



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