Decreto 237/2007, de 28 de diciembre, del Consell, de declaración de municipio turístico de distintos municipios de la Comunitat Valenciana. | |
La Ley 3/1998, de 21 de mayo, de la Generalitat, de Turismo de la Comunitat Valenciana, regula en su título III la figura del municipio turístico. Concretamente, los capítulos I a IV del citado título establecen lo referente al concepto de municipio turístico, indicando de forma expresa las condiciones que necesariamente deberán reunir los municipios para ser declarados turísticos y el procedimiento para su declaración, así como consideraciones generales y las bases de su régimen especial, acorde con su orientación turística.
Desde la publicación de la Ley, un importante número de municipios han ido solicitando su declaración como turísticos, habiéndose iniciado los correspondientes expedientes de acreditación del cumplimiento de los requisitos en ella exigidos.
Mediante los Decretos del Consell 72/2000, de 22 de mayo; 184/2000, de 22 de diciembre; 54/2002, de 10 de abril; y 101/2006, de 7 de julio, 159 municipios fueron definitivamente declarados Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana.
En fechas 1 de junio de 2007, se dictaron las resoluciones provisionales de declaración, correspondientes a un nuevo grupo de 25 municipios que en dicha fecha habían acreditado su identificación con alguno de los supuestos previstos en el artículo 25 de la Ley, abriéndose un plazo de 20 días correspondiente al pertinente periodo de información pública, mediante anuncio en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, periodo transcurrido tras el que por la Resolución de la consellera de Turismo, de fecha 26 de noviembre de 2007, se ha acordado elevar al Consell la propuesta de declaración definitiva de este nuevo grupo de 25 municipios como municipios turísticos de la Comunitat Valenciana.
Por todo lo expuesto anteriormente, oídas las administraciones públicas afectadas, a propuesta de la consellera de Turismo y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 28 de diciembre de 2007, decreto:
Declarar municipio turístico de la Comunitat Valenciana a los municipios que a continuación se relacionan:
| Provincia de Alicante | Provincia de Castellón | Provincia de Valencia |
| Alcalalí | Alcudia de Veo | Albalat dels Tarongers |
| Almoradí | Almenara | Ayora |
| Ibi | Castellnovo | Bétera |
| Monóvar | El Toro | Calles |
| Tàrbena | Espadilla | Castelló de Rugat |
| Fuentes de Ayódar | La Font d'En Carròs | |
| Sueras | Guardamar de la Safor | |
| La Torre d'En Besora | Montesa | |
| Potríes | ||
| Sot de Chera | ||
| Sumacàrcer | ||
| Venta del Moro |
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Se faculta a la consellera competente en materia de turismo para dictar cuantas disposiciones exija la aplicación y ejecución del presente Decreto.
Valencia, 28 de diciembre de 2007.
El president de la Generalitat,
Francisco Camps Ortiz.
La consellera de Turismo,
Angélica Such Ronda.
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