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Ley 79/1980, de 24 de diciembre, sobre la fórmula para jurar la bandera de España. (Vigente hasta el 20 de mayo de 1999.)


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Sumario:

Don Juan Carlos I,
Rey de España.

A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed:
Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo Único.

Para jurar la bandera de España se empleará la formula siguiente: ¡Soldados! ¿Juráis por Dios o por vuestro honor y prometéis a España, besando con unción su bandera, obedecer y respetar al Rey y a vuestros Jefes, no abandonarles nunca y derramar, si es preciso, en defensa de la soberanía e independencia de la patria, de su unidad e integridad territorial y del ordenamiento constitucional hasta la ultima gota de vuestra sangre?.

Los soldados contestarán:

¡Si, lo juramos!.

El que tomó el juramento, replicará:

Si así lo hacéis, la patria os lo agradecerá y premiará, y si no, mereceréis su desprecio y su y su castigo, como indignos hijos de ella,

y añadirá: ¡soldados!, ¡viva España! y ¡viva el Rey!,

Que serán contestados con los correspondientes ¡viva!.

En la fórmula del juramento, la expresión soldados podrá ser sustituida por la que convenga, de conformidad con la condición militar de los que juran.

 

Por tanto, mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real de Madrid, a 24 de diciembre de 1980.

- Juan Carlos R. -

 

El Presidente del Gobierno,
Adolfo Suárez González.

Notas:
Texto vigente hasta el 20 de mayo de 1999, fecha de entrada en vigor de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.


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