Base de Datos de Legislación

Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, por la que se regulan los criterios básicos de la Defensa Nacional y la Organización Militar. (Vigente hasta el 8 de diciembre de 2005)


TÍTULO V.
DEL SERVICIO MILITAR.

Artículo 35.

Todos los españoles tienen el derecho y el deber de participar en la defensa de España, según lo establecido en el artículo 30 de la Constitución.

Artículo 36.

El Servicio militar tendrá para los españoles carácter obligatorio y prioritario sobre cualquier otro servicio que se establezca.

La Ley establecerá la forma de participación de la mujer en la Defensa Nacional.

Artículo 37.

La Ley del Servicio militar fijará y regulará las distintas causas de exención, y determinará la forma y condiciones para el cumplimiento del mismo con carácter tanto voluntario como obligatorio.

La Ley regulará la objeción de conciencia y los casos de exención que obliguen a una prestación social sustitutoria.



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