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Real Decreto 723/1988, de 24 de junio, por el que se aprueba la Norma general para el control del contenido efectivo de los productos alimenticios envasados. (Vigente hasta el 11 de abril de 2009)


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NORMA GENERAL PARA EL CONTROL DEL CONTENIDO EFECTIVO DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS ENVASADOS.

TÍTULO I.
ÁMBITO Y OBJETO DE LA NORMA.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

La presente norma se aplicará en fábricas, plantas de envasado o en los almacenes de los importadores a los productos alimenticios envasados y destinados a su venta en cantidades nominales unitarias constantes.

Iguales a valores prefijados por el envasador.

Expresados en unidades de masa o volumen.

Iguales o superiores a cinco gramos o cinco mililitros e inferiores o iguales a 10 kilogramos o 10 litros.

Artículo 2. Objeto.

La presente norma tiene por objeto:

  1. Fijar las tolerancias del contenido de los productos alimenticios envasados.

  2. Fijar las modalidades de control estadístico del contenido de los productos alimenticios envasados.

  3. Fijar la responsabilidad de las personas físicas o jurídicas en relación al envasado de productos alimenticios.



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