Base de Datos de Legislación

Real Decreto 723/1988, de 24 de junio, por el que se aprueba la Norma general para el control del contenido efectivo de los productos alimenticios envasados. (Vigente hasta el 11 de abril de 2009)


Recíba nuestro boletín

TÍTULO IV.
TOLERANCIAS.

Artículo 5.

El error máximo por defecto tolerado en el contenido de un envase se fija conforme al cuadro número 1.

CUADRO 1

Cantidad nominal
-
en gramos o en mililitros
Errores máximos por defecto tolerados
MasaVolúmen
Porcentaje
-
cantidad nominal
En gramosPorcentaje
-
cantidad nominal
En mililitros
De 5 a 509,0-9,0-
De 51 a 100-4,5-4,5
De 101 a 2004,5-4,5-
De 201 a 300-9,0-9,0
De 301 a 5003,0-3,0-
De 501 a 1.000-15,0-15,0
De 1.001 a 10.0001,5-1,5-



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.