Base de Datos de Legislación

Real Decreto 834/1984, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares. (Vigente hasta el 23 de mayo de 2010)


TÍTULO III.
HONORES A S. A. R. EL PRÍNCIPE DE ASTURIAS Y A SS. AA. RR. LOS INFANTES DE ESPAÑA.

Artículo 25.

A Su Alteza Real el Príncipe de Asturias, heredero de la Corona, le corresponden los honores militares de arma presentada, Himno Nacional (primera parte sin repetición), salva de diecinueve cañonazos y cinco voces de ¡Viva España!.

Artículo 26.

A Su Alteza Real el Príncipe de Asturias se le rendirán los honores de Ordenanza en sus viajes y visitas oficiales, en los casos previstos en el artículo 21, salvo orden expresa en contra.

Artículo 27.

En los recibimientos y despedidas a S. A. R. el Príncipe de Asturias, serán de aplicación las normas establecidas en los artículos 22 y 23.1, excepto que el saludo a la voz y al cañón se realizará como previene el artículo 25.

Artículo 28.

A Sus Altezas Reales los Infantes de España, cuando presidan actos oficiales y expresamente se determine, se les tributarán los honores de arma presentada e Himno Nacional (primera parte sin repetición).



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.