Base de Datos de Legislación

Real Decreto 834/1984, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares. (Vigente hasta el 23 de mayo de 2010)


TÍTULO VIII.
HONORES ESPECIALES.

CAPÍTULO I.
HONORES AL SANTÍSIMO SACRAMENTO.

Artículo 58.

Al Santísimo Sacramento le serán tributados los honores militares de arma presentada e Himno Nacional (primera parte completa).

Artículo 59.

Toda fuerza formada que asista a la Santa Misa adoptará la posición de descanso desde su iniciación hasta el Sanctus, de firmes desde este momento hasta la Consagración. Terminada ésta se pasará a la de presenten, mientras se interpreta el Himno Nacional (primera parte completa), reintegrándose a la de firmes hasta la comunión del sacerdote, para posteriormente adoptar la de descanso hasta el final de la Misa.

No obstante, la fuerza no armada podrá adoptar la posición de descanso a discreción y, si las instalaciones lo permiten, la ocupación de asientos.

CAPÍTULO II.
EN CELEBRACIONES DE CARÁCTER RELIGIOSO.

Artículo 60.

Con motivo de celebraciones de carácter religioso con tradicional participación castrense, las autoridades militares podrán designar piquetes o escoltas adecuados al acto. Ante la presencia del Santísimo Sacramento, la fuerza designada rendirá los honores previstos en el artículo 58 y ante la presencia de imágenes sagradas adoptará la posición de firmes.



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.