Base de Datos de Legislación

Resolución de 3 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otros nuevos correspondientes al arbitraje de la valoración del segundo semestre de 2000, a la valoración del segundo semestre de 2003 y al arbitraje de la valoración del segundo semestre de 2003 de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. (Vigente hasta el 2 de febrero de 2010)


Visto el texto de las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otros nuevos correspondientes al arbitraje de la valoración del segundo semestre de 2000, a la valoración del segundo semestre de 2003 y al arbitraje de la valoración del segundo semestre de 2003 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (código de Convenio nº 9002052), actas que han sido suscritas por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte representantes de la Dirección de la empresa y el Comité de empresa en representación de la entidad y de los trabajadores de la misma, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008, en la ejecución de dichos Acuerdos.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de marzo de 2009.

 

El Director General de Trabajo,
José Luis Villar Rodríguez.

ACTA FINAL

Representantes de la Dirección:

Representantes de los Trabajadores:

En Madrid a 24 de julio de 2008, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 2003.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos:

Personal Administrativo:

Personal Operario:

Puestos que no suben de nivel:

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes:

Personal Operario:

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos sin acuerdo en algún factor:

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes sin acuerdo en algún factor:

La siguiente relación de puestos de trabajo no se han valorado por no existir acuerdo respecto a si los cambios introducidos en los mismos implican o no una revisión de la valoración de los mismos, según se refleja en las actas diarias.

Según se recoge en el artículo 9. del vigente Convenio Colectivo, los puestos de trabajo en desacuerdo se someterán a arbitraje, acordándose que sea la Inspección Provincial de Trabajo quien lo lleve a cabo, aceptando ambas representaciones el informe que emita la Inspección. Estos puestos son:

A continuación se recogen los resultados de valoración para un puesto que procede de un semestre anterior que estaba pendiente de resolución:

Segundo semestre de 2000

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos:

Varios

Puestos que se integran en categorías recogidas en Convenio.

Estudiadas las funciones que realiza el Responsable de Ordenanzas y Conductores en turno de tarde, de Secretaría General, se ha comprobado que se integran en la categoría de Responsable de Ordenanzas y Conductores (nivel 9).

Estudiadas las funciones realizadas por dos Ingeniero de Proyectos en el Departamento de CERES, se ha comprobado que se integran en la categoría de Jefe de Área C (nivel 13).

Estudiadas las funciones que realiza un Oficial 1ª Pintor se ha comprobado que se integran en la categoría de nueva creación de Supervisor de Contratas de Albañilería y Pintura (nivel 10).

Puesto cuya valoración se ha pospuesto.

La valoración del puesto de nueva creación de Supervisor de Obras y Contratas Instalaciones Generales I, junto con la reclamación de un Oficial 1ª Calefactor Frigorista, se pospone hasta el próximo semestre, tal como se indica en las actas diarias.

Categorías de nueva creación.

Grabador Artístico de Proyectos.

Administrativo de Registro General.

Oficial 1ª Jefe de Equipo Grabado Mecánico CAD.

Oficial 1ª Grabado Quimigráfico y Galvanoplastia.

Oficial 1ª Grabado Quimigráfico y Huecograbado.

Supervisor de Contratas de Albañilería y Pintura.

Maquinista de Máquinas de Finalizado.

Relación de personas y fecha de efectos:

Grabador Artístico de Proyectos:

Es el titulado medio en la especialidad requerida que, con total conocimiento de su profesión, autonomía y responsabilidad, tiene como misión coordinar los recursos humanos y técnicos en el desarrollo de proyectos de nuevas monedas y medallas, además de realización de grabados para la obtención de punzones y matrices para la fabricación de troqueles. Deberá poseer conocimientos de numismática además de conocer a la perfección las técnicas de grabado, dibujo, modelado, reproducción de contramoldes y retoque, así como las herramientas informáticas necesarias, a fin de obtener los troqueles y punzones en cualquier clase de metal con la calidad exigida, observando en todo momento la debida discreción en cuanto al desarrollo de su trabajo. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Administrativo de Registro General:

Es el administrativo que, con total conocimiento de su cometido y siguiendo las directrices de su superior, tiene como misión registrar toda la documentación recibida en el Registro General de la F.N.M.T.-R.C.M. Deberá realizar la tramitación, gestión y custodia de la documentación recibida, atender el sistema de tarificación telefónica, elaborar informes, gestionar el sistema de tramitación de quejas y sugerencias, recepcionar de solicitudes de servicio de las contratas, además de realizar las tareas administrativas que le sean encomendadas de acuerdo con las normas establecidas o indicaciones de su superior, debiendo observar la corrección y discreción adecuadas en el desarrollo de su trabajo. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Oficial 1ª Jefe de Equipo Grabado Mecánico CAD:

Es el operario que, con capacidad de coordinación y con total conocimiento de su profesión y de los equipos a su cargo, tiene como misión la supervisión del trabajo de los operarios de categorías inferiores a su cargo, la obtención de troqueles, útiles, elementos de deformación o corte, trabajos de fresado, piezas, perfiles o cualquier elemento susceptible de obtener por los medios anteriores a partir de planos, modelos, croquis o especificaciones verbales. Para lo que prepara y maneja los equipos de que dispone, atendiendo los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad, para la obtención del producto conforme a las exigencias requeridas, responsabilizándose de la correcta calidad y producción. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Oficial 1ª de Grabado Quimigráfico y Galvanoplastia:

Es el operario que con total conocimiento de su profesión, tiene como misión la realización de diseños quimigráficos y la obtención de grabados, sobre cualquier tipo de soporte, partiendo de boceto, diseño previo, indicaciones verbales o en función de su propia creatividad. Deberá conocer las técnicas de que dispone y atender los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad, para la realización de los trabajos de acuerdo con las exigencias del producto terminado. Se encargará también de la reproducción o recubrimiento por procesos electrolíticos de grabados originales, planchas de impresión, cilindros, troqueles, medallas y elementos de máquinas. Deberá realizar el montaje del molde de plástico partiendo de un grabado original o reproducción para la confección de planchas de impresión, forrado de cilindros, recubrimiento de troqueles o elementos de máquinas y reproducción de medallas y, en general, cualquier clase de recubrimiento metálico por electrólisis; así como su correcto rectificado y acabado, siendo el responsable de la obtención de una correcta calidad y producción. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Oficial 1ª de Grabado Quimigráfico y Huecograbado:

Es el operario que, con total conocimiento de su profesión, tiene como misión la realización de diseños quimigráficos y la obtención de grabados sobre cualquier tipo de soporte, partiendo de boceto, diseño previo, indicaciones verbales o en función de su propia creatividad. Deberá conocer las técnicas de que dispone y atender los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad, para la realización de los trabajos de acuerdo con las exigencias del producto terminado. Se encargará también del grabado de cilindros para impresión. Deberá conocer y realizar los distintos procedimientos para el grabado de cilindros para impresión en cualquiera de los sistemas existentes en la F.N.M.T.-R.C.M. (electrónico y autotípico), así como todas las operaciones relacionadas con ambos procesos, a fin de grabar los cilindros de acuerdo con las condiciones exigidas, siendo el responsable de la obtención de una correcta calidad y producción. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones.

Supervisor de Contratas de Albañilería y Pintura:

Es el operario que, con total conocimiento de su profesión, y capacidad de coordinación, realiza el seguimiento de los trabajos e instalaciones de albañilería y pintura llevadas a cabo por personal de contratas dentro de la F.N.M.T.-R.C.M., conforme a lo planificado y según los plazos establecidos responsabilizándose de su correcta ejecución, además de realizar las funciones de Oficial 1ª de su profesión. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Maquinista de Máquinas de Finalizado:

Es el operario que con total conocimiento de su profesión conduce una máquina para el corte longitudinal de bobinas, una máquina para conformar etiquetas y una máquina para conformar talonarios. Deberá realizar la preparación, aprovisionamiento, puesta en marcha de cada máquina, ajustes precisos, vigilancia de las diferentes fases del proceso, resolución de incidencias y atención a los dispositivos auxiliares incluidos los de control y seguridad, siendo el responsable de una correcta calidad y producción. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Maquinista Conformadora de Etiquetas:

Es el operario que con total conocimiento de su profesión conduce una máquina para conformar etiquetas. Deberá realizar la preparación y aprovisionamiento de la máquina, enhebrado, introducción de los datos necesarios, ajustes precisos, vigilancia a las diferentes fases del proceso, resolución de incidencias, empaquetado, etiquetado y atención a los dispositivos auxiliares, incluidos los de control y seguridad de acuerdo con las especificaciones establecidas. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Oficial 1ª Maquinas Herramientas y Control Numérico:

Es el operario que, con total conocimiento de su profesión, maneja las diversas máquinas herramientas convencionales y de control numérico asignadas, así como máquinas auxiliares de la profesión, debiendo preparar todos los útiles y herramientas necesarios para realizar cualquier tipo de trabajo, de acuerdo con planos, croquis o especificaciones dadas por su superior, siendo el responsable de una correcta calidad y producción, debiendo conocer el sentido de textos técnicos en inglés. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Maquinista de Semipastas:

Es el operario que, con total conocimiento de su profesión y bajo la supervisión del Jefe de Unidad o inmediato superior tiene como misión la atención del proceso de desfibrado, tanto de algodón como de madera. Deberá preparar la máquina abridora de bloques para la carga de desfibradoras, el sistema de refino de borra de algodón y la máquina desfibradora de pasta de madera, vigilando los procesos y realizando las pruebas y correcciones oportunas, atendiendo a los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad, y siendo el responsable de la obtención de una correcta calidad y producción. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Maquinista Jefe de Equipo de Finalizado:

Es el operario que, con total conocimiento de los procesos de finalizado en la producción de papel, tiene como misión coordinar y supervisar los trabajos que realizan los Revisores de Finalizado, así como el plastificado y empaquetado de las resmas de papel terminado, gestionando el almacén automatizado de producto final y llevando el control del papel defectuoso y materias auxiliares, siendo el responsable de la correcta calidad y producción. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Maquinista de Lejiado y Blanqueo:

Es el operario que con total conocimiento de su profesión, y bajo la coordinación del Jefe de Equipo de Ciclado y Preparación de Pastas, tiene encomendada la atención del proceso de blanqueo. Deberá realizar las correcciones precisas, aprovisionamiento y descarga de bloques mediante carretilla automotora elevadora, incorporación de productos químicos, atención a los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad y todas las operaciones necesarias para la obtención del producto de acuerdo con las normas establecidas o directrices marcadas por su inmediato superior. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Ayudante de Preparación de Pastas y Ciclado:

Es el operario que, con conocimientos suficientes del proceso y bajo la supervisión del Jefe de Equipo de Preparación de Pastas o de cualquiera de los maquinistas del área, colabora con éstos en las funciones que le sean encomendadas; asimismo tiene como misión la preparación de bloques en la máquina compactadora. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Acta final

Representante de la Dirección:

Representantes de los Trabajadores:

En Madrid a 24 de julio de 2008, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 2003.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos.

Puestos de nueva creación.

Personal Técnico:

Varios

Puestos cuya valoración se ha pospuesto.

La valoración de los puestos de trabajo de diversas Jefaturas de Área, pendientes de valoración por esta Comisión, se aplaza hasta la decisión que adopten los Representantes de los Trabajadores miembros de la misma, en una próxima reunión.

Categorías de nueva creación:

Relación de personas y fecha de efectos:

Se hace pública internamente en los centros de trabajo de la F.N.M.T.-R.C.M., la relación del personal afectado por la presente revisión y las fechas de aplicación.

Todas las valoraciones serán aplicadas una vez se obtenga la autorización ministerial preceptiva y se publique en el Boletín Oficial del Estado como parte integrante del Convenio Colectivo y con efectos de las fechas de aplicación antes citadas.

Técnico de Recursos Humanos:

Es el titulado medio o asimilado en la especialidad requerida, que con total conocimiento de su profesión y de la organización científica del trabajo, iniciativa y responsabilidad, tiene como misión el análisis y valoración de puestos de trabajo, control de la plantilla, selección del personal, elaboración de informes y gestión administrativa, observando en todo momento la debida discreción en el desarrollo de su trabajo. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Técnico de Asesoría Laboral:

Es el titulado medio o asimilado en la especialidad requerida, que con total conocimiento de su profesión, iniciativa y responsabilidad, tiene como misión la gestión de las demandas interpuestas por los trabajadores de la F.N.M.T.-R.C.M., así como la de expedientes disciplinarios, administrativos y de compatibilidad, todo ello bajo la coordinación y supervisión de su inmediato superior, observando en todo momento la debida discreción en el desarrollo de su trabajo. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Técnico de Formación:

Técnico de Personal Fábrica de Papel:

Es el titulado medio o asimilado en la especialidad requerida que, con total conocimiento de su profesión y de la organización científica del trabajo, iniciativa y responsabilidad, tiene como misión la elaboración de las descripciones de puestos de trabajo y actuación como asesor de la comisión mixta de valoración, así como la realización de las actuaciones necesarias para la selección de personal, gestión del plan de formación y la gestión administrativa de personal, todo ello para el centro de trabajo de Burgos, observando en todo momento la debida discreción en cuanto al desarrollo de su trabajo. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Acta final

Representantes de la Dirección:

Representantes de los Trabajadores:

En Madrid a 16 de octubre de 2008, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 2003 que fueron sometidos a arbitraje de la Inspección Provincial de Trabajo.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos.

Puestos de nueva creación.

Personal Técnico.

Técnico en Protección Civil y Lucha Contra Incendios. Seguridad: 12.

Puestos que no suben de nivel.

Personal Operario:

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes.

Puestos de nueva creación:

Puestos que suben de nivel.

Personal Operario.

Operario de Climatización Calefactor Frigorista: 8.

Puestos que no suben de nivel:

Puesto revisado por existir cambio de funciones.

Personal Administrativo.

Oficial 1ª Administrativo. Compras. Secretaría General.

Puestos que no se revisarán por no existir cambio de funciones.

Personal Administrativo:

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes sin acuerdo en algún factor.

Oficial 1ª Administrativo. Secretaría General. Compras.

Según se recoge en el artículo 9. del vigente Convenio Colectivo, los puestos de trabajo en desacuerdo se someterán a arbitraje, acordándose que sea la Inspección Provincial de Trabajo quien lo lleve a cabo, aceptando ambas representaciones el informe que emita la inspección. Estos puestos son:

Oficial 1ª Administrativo. Secretaría General. Compras.

Varios

Corrección de errores.

Advertido un error en la publicación del acta de 24 de julio de 2004, se procede a su corrección. Así, donde dice:

Debe decir:

Publicándose con este acta un anexo con la relación de personas afectadas y fecha de efectos.

Categorías de nueva creación:

Relación de personas y fecha de efectos:

Técnico de Protección Civil y Lucha Contra Incendios:

Oficial 1ª Jefe de Equipo Máquinas de Corte y Empaquetado de Billetes:

Es el operario que, con total conocimiento de las máquinas a su cargo y capacidad de coordinación, conduce una máquina de corte, selección y empaquetado de billetes. Deberá realizar las correcciones precisas, atendiendo a los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad, para lograr el corte, selección y empaquetado de billetes de acuerdo con las exigencias del producto terminado. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Oficial 2ª Máquinas de Corte y Empaquetado de Billetes:

Es el operario que, con conocimientos suficientes de las máquinas asignadas y bajo la supervisión del Oficial 1ª Jefe de Equipo, colabora con éste en sus funciones para el corte, selección y empaquetado de billetes. Podrá realizar su trabajo en cualquiera de las máquinas de la línea a la que esté asignado. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Técnico de Organización de Mantenimiento:

Es el técnico que, con total conocimiento de su profesión, autonomía y responsabilidad, tiene como misión el control de costes y de producción, la confección de presupuestos, de solicitudes de pedido y la gestión de entrada de materiales, realizando la gestión administrativa de las tareas encomendadas. Deberá realizar estimaciones económicas, representaciones gráficas, organigramas y diagramas, elaborando los informes que le sean requeridos, actuando bajo las directrices o supervisión de su inmediato superior. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Operario de Climatización Calefactor Frigorista:

Es el operario que, con total conocimiento de su cometido, tiene como misión el arranque, vigilancia y parada de los equipos de climatización y producción de vapor, así como el mantenimiento de las instalaciones que lo componen de acuerdo con las indicaciones del Jefe de Unidad u Oficial 1ª Calefactor-Frigorista, siendo el responsable de su correcta ejecución. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Técnico de Mantenimiento y Aplicaciones Industriales:

Es el titulado medio o asimilado en la especialidad requerida, que con total conocimiento de su profesión, iniciativa y responsabilidad tiene como misión el estudio, desarrollo y puesta en marcha de implantaciones, mejoras o modificaciones de máquinas e instalaciones, a nivel eléctrico-electrónico, informático, hidráulico o neumático, desarrollando los trabajos bajo la coordinación de su inmediato superior y siendo el responsable del control y seguimiento de éstos, y de su correcta ejecución. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Acta final

Representante de la Dirección:

Representantes de los Trabajadores:

En Madrid, a 4 de noviembre de 2008, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 2003 que estaban pendientes de resolución.

Puestos que se integran en categorías recogidas en convenio.

Estudiadas las funciones que se realizan en distintos puesto de trabajo de Jefe de Área, que quedaron pendientes de valorar en el acta de 24 de julio de 2008, se indica la categoría en que se integra cada uno de ellos:

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos sin acuerdo en algún factor:

Según se recoge en el artículo 9. del vigente Convenio Colectivo, estos puestos de trabajo en desacuerdo se someterán a arbitraje, acordándose que sea la Inspección Provincial de Trabajo quien lo lleve a cabo, aceptando ambas representaciones el informe que emita la Inspección.

Varios

Relación de personas y fecha de efectos:

Acta final

Representantes de la Dirección:

Representantes de los Trabajadores:

En Madrid, a 18 de noviembre de 2008, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 2003 que fueron sometidos a arbitraje de la Inspección Provincial de Trabajo.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes.

Puestos de nueva creación.

Personal Administrativo:

Varios

Categorías de nueva creación.

Administrativo de Compras.

Relación de personas y fecha de efectos:

Administrativo de Compras:

Es el administrativo que, con total conocimiento de su profesión, autonomía y responsabilidad, tiene encomendada toda la gestión y tramitación administrativa de compras. Deberá realizar la organización del trabajo administrativo, cálculos precisos, gestiones internas o externas, atención personal o telefónica, redacción, mecanografiado, comprobación y confección de informes, correspondencia y cumplimentado de impresos a fin de ejecutar los trabajos encomendados de acuerdo con los controles, normas establecidas o indicaciones de un superior, asimismo actuará como secretario en las reuniones de aquellas comisiones que afecten a su Departamento para las que sea requerido, observando la discreción adecuada en el desarrollo de su trabajo. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Acta final

Representante de la Dirección:

Representantes de los Trabajadores:

En Madrid a 21 de noviembre de 2008, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 2003 que fueron sometidos a arbitraje de la Inspección Provincial de Trabajo.

Puestos que se integran en categorías recogidas en convenio.

Una vez recibido el informe de arbitraje relativo a diversos puestos de trabajo de Jefe de Área que se sometieron al mismo en el acta de 4 de noviembre de 2008, se indica la categoría en que se integra cada uno de ellos:

Varios

Relación de personas y fecha de efectos:

Notas:
Vigente hasta el 2 de febrero de 2010, fecha de entrada en vigor del Resolución de 21 de enero de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XI Convenio colectivo de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. (BOE. núm. 28, de 2 de febrero de 2010).


[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.