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Resolución de 4 de marzo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acta de las tablas salariales del Convenio colectivo de la industria elaboradores del arroz. (Vigente hasta el 28 de septiembre de 2011)


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Sumario:

Visto el texto del Acta de fecha 10 de febrero de 2011 en la que se contienen las tablas salariales del Convenio colectivo de la Industria Elaboradores del Arroz (Código de Convenio número 99000335011981) (publicado en el BOE de 12-9-2007) de una parte por la Asociación empresarial PYMEV-UNIADE en representación de las empresas del sector y de otra por los sindicatos CC.OO. y UGT en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de marzo de 2011.

 

El Director General de Trabajo,
Raúl Riesco Roche.

ACTA REVISIÓN CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA DEL ARROZ

Asistentes:

En Valencia en los locales de PYMEV siendo las 12:00 horas del 10 de febrero de 2011, tiene lugar la reunión de la comisión paritaria del Convenio colectivo de la industria de elaboradores del arroz, con la asistencia de las personas al margen relacionadas.

La Comisión paritaria acuerda regularizar dos tablas salariales de 2010:

Se adjuntan tablas salariales definitivas correspondientes a 2010 para el pago de atrasos (anexo I) y tablas salariales definitivas de 2010 para base de negociación (anexo II) para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Se faculta a don José Vicente Canet Juan, con DNI número 20017913R, para que realice las gestiones necesarias para la inscripción del presente acuerdo.

Se levanta la sesión siendo las 13:00 horas, firmando en prueba de conformidad un representante de cada organización.

ANEXO I.
Tabla salarial 2010 (pago atrasos).

3,05 % sobre tablas salariales de 2009 definitivas

CategoríasSalario (euros)
Personal técnico: 
Jefe de Sección970,46
Oficial 1.ª914,57
Oficial 2.ª885,82
Telefonista885,82
Auxiliar Administrativo842,71
Botones580,55
Personal de producción: 
Molero y Oficial 1.ª30,50
Encargado29,54
Conductor y Maquinista28,75
Ayudante de Molero28,43
Oficial Especialista28,09
Oficial Esp. Carretillero28,43
Peón Especialista27,87
Peón25,30
Personal subalterno: 
Portero826,27
Vigilante826,27
Vigilante Jurado842,71
Ordenanza y Pers. Limp.789,42
Personal de oficios varios: 
Oficial 1.ª30,50
Oficial 2.ª28,43
Oficial 3.ª28,09
Plus Convenio5,71 € por día trabajado
Plus Transporte2,86 € por día trabajado
Dietas: Completa7,84
Medía3,93
Plus cuarto turno68,91 € semanales
Jubilación voluntaria: 
60 años4.109,33
61 años3.698,41
62 años3.287,48
63 años2.876,53
64 años2.241.52

ANEXO II.
Tabla salarial 2010 (base negociación).

3,50 % sobre tablas salariales de 2009 definitivas

CategoríasSalario (euros)
Personal técnico: 
Jefe de Sección974,69
Oficial 1.ª918,56
Oficial 2.ª889,68
Telefonista889,68
Auxiliar Administrativo846,39
Botones583,08
Personal de producción: 
Molero y Oficial 1.ª30,63
Encargado29,67
Conductor y Maquinista28,88
Ayudante de Molero28,55
Oficial Especialista28,21
Oficial Esp. Carretillero28,55
Peón Especialista27,99
Peón25,41
Personal subalterno: 
Portero829,88
Vigilante829,88
Vigilante Jurado846,39
Ordenanza y Pers. Limp.792,87
Personal de oficios varios: 
Oficial 1.ª30,63
Oficial 2.ª28,55
Oficial 3.ª28,21
Plus Convenio5,73 € por día trabajado
Plus Transporte2,88 € por día trabajado
Dietas: Completa7,87
Media3,94
Plus cuarto turno69,21 € semanales
Jubilación voluntaria: 
60 años4.127,28
61 años3.714,56
62 años3.301,84
63 años2.889,10
64 años2.251,31
Notas:
Vigente hasta el 28 de septiembre de 2011, fecha de entrada en vigor del Resolución de 14 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal para las industrias de elaboración del arroz. (BOE. núm. 234, de 28 de septiembre de 2011).


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