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Resolución de 16 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo estatal para las Industrias del Calzado. (Vigente hasta el 23 de agosto de 2007)


Sumario:

Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo Estatal para las Industrias del Calzado (publicado en el B.O.E. de 7.10.05), (Código de Convenio nº 9900805), que fue suscrito con fecha 16 de febrero de 2006, por la Comisión Paritaria del Convenio en la que están integradas las organizaciones empresariales Federación de Industrias del Calzado Español (FICE) y la Asociación de Empresas Componentes del Calzado (AEC), y las sindicales FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT, firmantes del Convenio en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de marzo de 2006.

 

El Director general,
Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL CALZADO.

En Almansa (Albacete), siendo las 11,00 horas del día 16 de febrero de 2006, se reúne la Comisión paritaria del Convenio Estatal para las industrias del Calzado, (código de convenio nº 9900805), con la asistencia de los representantes de las Centrales Sindicales CC.OO.-FITEQA, UGT-FIA y de la Patronal FICE y AEC.

FITEQA-CC.OO.:

FIA-UGT:

FICE-AEC:

Orden del día:

  1. Revisión salarial 2005 y Tabla salarial 2006. De conformidad con el artículo 34 apartado 2.1 se procede a la revisión de la Tabla salarial del primer año de convenio, a partir del IPC real de 2005 que ha sido del 3,7%; adjuntándose al acta, como anexo 1.

    Asimismo, y de conformidad con el apartado 3 del mismo artículo, se procede al cálculo de la Tabla salarial del segundo año, a partir del salario anterior revisado y de la previsión oficial de inflación del 2%, más el 0,25; adjuntándose al acta, como anexo 2.

  2. Envío para su Registro y publicación en el BOE. Finalmente, la Comisión acuerda remitir la documentación a la Dirección General de Trabajo, para su registro y publicación en el BOE.

ANEXO 1.
Salarios.

Revisión salarial. 2005

 Salario anual
2005
Revisión salarial
(1/3/05-28/2/06)
Salario anual
Revisado
Grupo I. Personal Técnico Titulado:   
Ingenieros y Licenciados21.196,95195,5121.392,45
Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados19.455,70179,4519.635,14
Graduados Sociales y A.T.S.,19.455,70179,4519.635,14
Personal Técnico no Titulado:   
Encargado General Fabricación19.452,01179,4119.631,43
Encargado Depto. y Técnico Org18.939,49174,6819.114,18
Encargado Sector, Programador y Modelista17.013,02156,9217.169,94
Patronista15.591,78143,8115.735,59
Encargado de Sección y Cronometrador14.464,55133,4114.597,96
Subencargado de Sección12.703,46117,1712.820,63
Grupo II. Empleados Mercantiles:   
Jefe de Compras y Ventas18.839,95173,7719.013,72
Agente de Compras y Viajantes15.358,80141,6615.500,46
Oficial de ventas15.199,03140,1915.339,22
Dependiente11.387,74105,0311.492,77
Personal Administrativo:   
Jefe de Sección17.634,60162,6517.797,25
Jefe de Negociado16.921,90156,0817.077,98
Oficial de Primera14.464,55133,4114.597,96
Oficial de Segunda13.241,25122,1313.363,38
Auxiliar y Telefonista11.503,92106,1011.610,02
Grupo IV. Oficios varios:   
Conductor Transportista y Maestro de Mesilla13.149,31121,2813.270,59
Encargado de Almacén y Listero12.390,40114,2812.504,68
Almacenero y Chofer Distribuidor12.110,16111,7012.221,85
Vigilante y Pesador11.191,47103,2211.294,69
Ordenanza, Portero y Mozo de Almacén11.139,77102,7511.242,52
Empleados de Limpieza10.849,00100,0610.949,06
Grupo III. Fabricación:   
Nivel 512.118,68111,7712.230,45
Nivel 411.704,34107,9511.812,29
Nivel 311.290,01104,1311.394,14
Nivel 211.120,38102,5711.222,94
Nivel 111.004,07101,4911.105,56
T. en formación (y para el 100% de jornada):   
Aprendices 2º año10.008,3492,3110.100,65
Aprendices 1er año8.340,2876,938.417,21
Aspirante 2º año8.241,4576,018.317,46
Botones 2º año7.261,5566,987.328,52
Aspirantes y Botones 1er año7.182,00-7.182,00

ANEXO 2.
Salarios.

Convenio del calzado

Tabla I. Personal con retribución mensual o diaria (extras aparte).

Tabla II. Personal con retribución mensual o diaria (todo incluido).

 Salario anual
(1/3/06-28/2/7)
Salario mes
(Tabla I)
Salario día
(Tabla I)
Salario mes
(Tabla II)
Salario día
(Tabla II)
Hora/prima
Grupo I. Personal Técnico Titulado:      
Ingenieros y Licenciados21.873,781.562,4151,471.822,8259,93 
Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados20.076,931.434,0747,241.673,0855,01 
Graduados Sociales y A.T.S.20.076,931.434,0747,241.673,0855,01 
Personal Técnico no Titulado:      
Encargado General Fabricación20.073,131.433,8047,231.672,7654,99 
Encargado Depto.y Técnico Org.19.544,241.396,0245,991.628,6953,55 
Encargado Sector, Programador y Modelista17.556,261.254,0241,311.463,0248,10 
Patronista16.089,641.149,2637,861.340,8044,08 
Encargado de Sección y Cronometrador14.926,411.066,1735,121.243,8740,89 
Subencargado de Sección13.109,09936,3630,851.092,4235,92 
Grupo II. Empleados Mercantiles:      
Jefe de Compras y Ventas19.441,531.388,6845,741.620,1353,26 
Agente de Compras y Viajantes15.849,221.132,0937,291.320,7743,42 
Oficial de ventas15.684,351.120,3136,901.307,0342,97 
Dependiente11.751,36839,3827,65979,2832,20 
Personal Administrativo:      
Jefe de Sección18.197,681.299,8342,821.516,4749,86 
Jefe de Negociado17.462,231.247,3041,091.455,1947,84 
Oficial de Primera14.926,411.066,1735,121.243,8740,89 
Oficial de Segunda13.664,05976,0032,151.138,6737,44 
Auxiliar y Telefonista11.871,25847,9527,93989,2732,52 
Grupo IV. Oficios varios:      
Conductor Transportista y Maestro de Mesilla13.569,18969,2331,931.130,7737,18 
Encargado de Almacen y Listero12.786,04913,2930,081.065,5035,03 
Almacenero y Chofer Distribuidor12.496,85892,6329,401.041,4034,24 
Vigilante y Pesador11.548,82824,9227,17962,4031,64 
Ordenanza, Portero y Mozo de Almacén11.495,47821,1127,05957,9631,49 
Empleados de Limpieza11.195,41799,6726,34932,9530,67 
Grupo III. Fabricación:      
Nivel 512.505,64893,2629,431.042,1434,266,95
Nivel 412.078,07862,7228,421.006,5133,096,71
Nivel 311.650,51832,1827,41970,8831,926,47
Nivel 211.475,46819,6827,00956,2931,446,38
Nivel 111.355,44811,1026,72946,2931,116,31
T. en formación (y para el 100% de jornada):      
Aprendices 2º año10.327,91737,7124,30860,6628,30 
Aprendices 1er año8.606,60614,7620,25717,2223,58 
Aspirante 2º año8.504,60607,4720,01708,7223,30 
Botones 2º año7.572,60540,9017,82631,0520,75 
Aspirantes y Botones 1er año7.572,60540,9017,82631,0520,75 
Notas:
Vigente hasta el 23 de agosto de 2007, fecha de entrada en vigor del Resolución de 25 de julio de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de la industria del calzado. (BOE. núm. 202, de 23 de agosto de 2007).


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