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Resolución de 16 de marzo de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo de la Industria del Calzado. (Vigente hasta el 23 de agosto de 2007)


Sumario:

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la Industria del Calzado (Código de Convenio n.º 9900805), publicado en el BOE de 7-10-2005, revisión que fue suscrita, con fecha 21 de febrero de 2007, por la Comisión Paritaria del Convenio, en la que están integradas las organizaciones empresariales FICE y AEC, y las sindicales FIA-UGT y FITEQA-CC.OO, firmantes de dicho Convenio, en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de marzo de 2007.

 

El Director General de Trabajo,
Raúl Riesco Roche.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL CALZADO

En Madrid, siendo las 11,00 horas del día 21 de febrero de 2007, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Estatal para las industrias del Calzado, (código de convenio n.º 9900805),con la asistencia de los representantes de las Centrales Sindicales CCOO-FITEQA, UGT-FIA y de la Organizaciones Empresariales FICE y AEC.

FITEQA-CCOO:

FIA-UGT:

FICE-AEC:

Orden del día

1. Revisión salarial 2006.

De conformidad con el artículo 34 apartado 3.1 se procede a la revisión de la Tabla Salarial del segundo año de convenio, a partir del IPC real de 2006 que ha sido del 2,7%, con un incremento final resultante del 2,95%; adjuntándose al acta, como anexo 1.

2. Envío para su Registro y publicación en el BOE.

Finalmente, la Comisión acuerda remitir la documentación a la Dirección General de Trabajo, para su registro y publicación en el BOE.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Derecho supletorio.

A todo el proceso regulado en la presente Orden le será aplicable la Decisión 1719/2006/CE, del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea respecto de las normas de aplicación directa, así como la Guía del Programa La juventud en acción, teniendo carácter supletorio para todos aquellos extremos no previstos en la presente orden la Ley General de Subvenciones, su Reglamento y subsidiariamente la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

ANEXO I.
Convenio del Calzado. Revisión salarial (1.3.06/28.2.07), regularizada al 2,95%.

Tabla I. Personal con retribución mensual o diaria (extras aparte).
Tabla II. Personal con retribución mensual o diaria (todo incluido)

 Revisión anual
(1.3.06/28.2.07)
Salario anual
(Tablas I y II)
Salario mes
(Tabla I)
Salario día
(Tabla I)
Salario mes
(Tabla II)
Salario día
(Tabla II)
Hora Prima
(Tabla II)
Grupo I.- Personal Técnico Titulado       
Ingenieros y Licenciados149.7522,023.531,573.1151.821,835.2960.34 
Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados137.4520,214.381,443.8847.561,684.5355.38 
Graduados Sociales y A.T.S.,137.4520,214.381,443.8847.561,684.5355.38 
Personal Técnico no Titulado       
Encargado General Fabricación137.4220,210.551,443.6147.551,684.2155.37 
Encargado Depto. y Técnico Org.133.8019,678.041,405.5746.301,639.8453.91 
Encargado Sector, Programador y Modelista120.1917,676.451,262.6041.591,473.0448.43 
Patronista110.1516,199.791,157.1338.121,349.9844.38 
Encargado de Sección y Cronometrador102.1915,028.601,073.4735.361,252.3841.17 
Subencargado de Sección89.7413,198.84942.7731.061,099.9036.16 
Grupo II.- Empleados Mercantiles       
Jefe de Compras y Ventas133.1019,574.631,398.1946.061,631.2253.63 
Agente de Compras y Viajantes108.5015,957.731,139.8437.551,329.8143.72 
Oficial de ventas107.3715,791.721,127.9837.161,315.9843.27 
Dependiente80.4511,831.81845.1327.84985.9832.42 
Personal Administrativo       
Jefe de Sección124.5818,322.271,308.7343.111,526.8650.20 
Jefe de Negociado119.5517,581.781,255.8441.371,465.1548.17 
Oficial de Primera102.1915,028.601,073.4735.361,252.3841.17 
Oficial de Segunda93.5413,757.60982.6932.371,146.4737.69 
Auxiliar y Telefonista81.2711,952.52853.7528.12996.0432.75 
Grupo IV.- Oficios varios       
Conductor Transportista y Maestro de Mesilla92.8913,662.08975.8632.151,138.5137.43 
Encargado de Almacén y Listero87.5312,873.57919.5430.291,072.8035.27 
Almacenero y Chofer Distribuidor85.5512,582.40898.7429.611,048.5334.47 
Vigilante y Pesador79.0611,627.88830.5627.36968.9931.86 
Ordenanza, Portero y Mozo de Almacén78.7011,574.17826.7327.23964.5131.71 
Empleados de Limpieza76.6411,272.06805.1526.52939.3430.88 
Grupo III.- Fabricación       
Nivel 585.6112,591.25899.3829.631,049.2734.507.00
Nivel 482.6912,160.76868.6328.611,013.4033.326.76
Nivel 379.7611,730.27837.8827.60977.5232.146.52
Nivel 278.5611,554.02825.2927.19962.8431.656.42
Nivel 177.7411,433.17816.6626.90952.7631.326.35
T. en formación (y para el 100% de jornada)       
Aprendices 2º año70.7010,398.62742.7624.47866.5528.49 
Aprendices 1er año58.928,665.52618.9720.39722.1323.74 
Aspirante 2º año58.228,562.83611.6320.15713.5723.46 
Botones 2º año (*)-7,572.60540.9017.82631.0520.75 
Aspirantes y Botones 1.er año (*)-7,572.60540.9017.82631.0520.75 
(*) El salario para estas categorías, desde el 1.1.2007, será de 7,988.40570.6018.80665.7021.89 
Notas:
Vigente hasta el 23 de agosto de 2007, fecha de entrada en vigor del Resolución de 25 de julio de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de la industria del calzado. (BOE. núm. 202, de 23 de agosto de 2007).


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