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Resolución de 16 de abril de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta en la que figuran la denominación y grupo de los puestos de trabajo de nueva creación para ser incorporados en los anexos del Convenio colectivo estatal de pastas, papel y cartón. (Vigente hasta el 30 de enero de 2008)


Visto el texto del Acta en la que figuran la denominación y grupo de los puestos de trabajo de nueva creación para ser incorporados en las Tablas I y II de los Anexos del Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón (publicado en el BOE de 10.11.04) (Código de Convenio n.º 9003955) que fue suscrito con fecha 27 de marzo de 2007, de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas, Papel y Cartón (ASPAPEL), en representación de las empresas del sector y de otra, por las organizaciones sindicales FCT-CC.OO, FIAUGT y CIG, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de abril de 2007.

 

El Director General de Trabajo,
Raúl Riesco Roche.

La Comisión tiene conocimiento de los acuerdos alcanzados en la Comisión Técnica Paritaria de Puestos de Trabajo y Categorías Profesionales creada en virtud de lo establecido en la disposición adicional del Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón 2004-2006, publicado en el BOE nº 271 de 10 de noviembre de 2004.

La Comisión Negociadora del Convenio, por unanimidad, aprueba la denominación y grupo de los puestos de trabajo de nueva creación para que sean incorporados en las Tablas I y II de los Anexos del Convenio, en los siguientes términos:

Se acuerda el envío de este Acta con los Acuerdos alcanzados al Ministerio de Trabajo para su registro y publicación en el BOE, quedando incorporados a las Tablas I y II de los Anexos del Convenio y determinando que los mismos tendrán eficacia a todos los efectos desde el 1 de marzo de 2007.

Notas:
Vigente hasta el 30 de enero de 2008, fecha de entrada en vigor del Resolución de 14 de enero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de pastas, papel y cartón. (BOE. núm. 26, de 30 de enero de 2008).


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