Base de Datos de Legislación

Real Decreto legislativo 2795/1980, de 12 de diciembre, por el que se articula la Ley 39/1980, de 5 de julio, de Bases sobre Procedimiento Económico-administrativo. (Vigente hasta el 1 de julio de 2004)


Recíba nuestro boletín

TÍTULO PRELIMINAR.
ÁMBITO DE APLICACIÓN.

Artículo Primero.

Uno. Se entenderán por reclamaciones económico-administrativas, administrativas, tanto si en ellas se suscitan cuestiones de hecho como de derecho, las que se deduzcan en relación con las materias siguientes:

  1. La gestión, inspección y recaudación de los tributos, exacciones parafiscales y, en general, de todos los ingresos de derecho público del Estado y de la Administración local o institucional.

  2. La gestión, inspección y recaudación de los tributos cedidos por el Estado a las Comunidades Autónomas o de los recargos establecidos por éstas sobre tributos del Estado.

  3. El reconocimiento o la liquidación por autoridades u organismos del Ministerio de Economía y Hacienda de obligaciones del Tesoro Público y las cuestiones relacionadas con las operaciones de pago por dichos órganos con cargo al Tesoro.

  4. El reconocimiento y pago de toda clase de pensiones y derechos pasivos que sean de la peculiar competencia de la Dirección General del Tesoro.

  5. Cualesquiera otras respecto de las que por precepto legal expreso así se declare.

Dos. Quedan fuera del ámbito del presente decreto legislativo los procedimientos especiales de revisión y el recurso de reposición, regulados en el Capítulo VIII, del Título III, de la Ley General Tributaria.



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.