Real Decreto 1191/1998, de 12 de junio, sobre autorización y registro de establecimientos e intermediados del sector de la alimentación animal. (Vigente hasta el 19 de octubre de 2006) | |
Aditivos:
Antibióticos: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Coccidiostáticos y otras sustancias medicamentosas: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Factores de crecimiento: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Vitaminas, provitaminas y sustancias de efecto análogo químicamente bien definidas: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Oligoelementos: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Enzimas: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Microorganismos: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Carotenoides y xantofilas: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Sustancias de efectos antioxidantes: sólo los aditivos que tienen fijado un contenido máximo en la columna 6 del anexo de la Orden de 23 de marzo de 1988.
Productos contemplados en la Orden de 31 de octubre de 1988:
Productos proteicos obtenidos a base de microorganismos pertenecientes al grupo de las bacterias, levaduras, algas y hongos inferiores: todos los productos correspondientes al grupo (excepto el subgrupo 1.2.1. Levaduras cultivadas sobre sustratos de origen animal o vegetal).
Coproductos de la fabricación de aminoácidos por fermentación: todos los productos correspondientes al grupo.
Aminoácidos y sus sales: todos los productos correspondientes al grupo.
Análogos hidroxilados de los aminoácidos: todos los productos correspondientes al grupo.
Antibióticos: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Coccidiostáticos y otras sustancias medicamentosas: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Factores de crecimiento: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Vitaminas, provitaminas y sustancias de efecto análogo químicamente bien definidas: A y D.
Oligoelementos: Cu y Se.
Antibióticos: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Coccidiostáticos y otras sustancias medicamentosas: todos los aditivos correspondientes al grupo.
Factores de crecimiento: todos los aditivos correspondientes al grupo.
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