Real Decreto 1191/1998, de 12 de junio, sobre autorización y registro de establecimientos e intermediados del sector de la alimentación animal. (Vigente hasta el 19 de octubre de 2006) | |
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| Número de autorización | Código de actividad (1) | Nombre o denominación comercial (2) | Dirección (3) | Notas relativas al artículo 31 del Real Decreto 2599/1998 (4) | Observaciones |
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(1)
A = Establecimientos contemplados en el apartado 1.a del artículo 5 del Real Decreto 1191/1998.
B = Establecimientos contemplados en el apartado 1.b del artículo 5 del Real Decreto 1191/1998.
C = Establecimientos contemplados en el apartado 1.c del artículo 5 del Real Decreto 1191/1998.
D = Establecimientos contemplados en el apartado 1.d del artículo 5 del Real Decreto 1191/1998.
E = Establecimientos contemplados en el apartado 3 del artículo 5 del Real Decreto 1191/1998. (Fabricantes de piensos puestos para las necesidades de su propia ganadería que contengan premezclas obtenidas a partir de aditivos contemplados en el capítulo III del anexo 1 del Real Decreto 1191/1998.)
F = Establecimientos contemplados en el apartado 3 del artículo 5 del Real Decreto 1191/1998. (Fabricantes de piensos compuestos para las necesidades de su propia ganadería que contengan materias primas contempladas en el artículo 4.2 la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 11 de octubre de 1988, relativa a sustancias y productos indeseables en la alimentación animal.)
I = Intermediarios contemplados en el apartado 1 del artículo 6 del Real Decreto 1191/1998.
(2) Nombre o denominación comercial del establecimiento o intermediario y del representante, en su caso.
(3) Dirección del establecimiento o intermediario y del representante, en su caso.
(4)
= Fabricantes de piensos compuestos autorizados a utilizar una proporción mínima del 0,05 % por peso de premezclas, contemplados en el apartado 5 del artículo 31 del Real Decreto 2599/1998, de 4 de diciembre, sobre los aditivos en la alimentación de los animales.
= Fabricantes de piensos compuestos autorizados a añadir antibióticos, coccidiostáticos y otras sustancias medicamentosas, y promotores del crecimiento directamente en los piensos compuestos contemplados en el apartado 6.b del artículo 31 del Real Decreto 2599/1998, de 4 de diciembre, sobre los aditivos en la alimentación de los animales.
= Fabricantes de piensos compuestos autorizados a añadir cobre, selenio y vitaminas A y D directamente a los piensos compuestos contemplados en el apartado 6.b del artículo 31 del Real Decreto 2599/1998, de 4 de diciembre, sobre los aditivos en la alimentación de los animales.
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