Real Decreto 1191/1998, de 12 de junio, sobre autorización y registro de establecimientos e intermediados del sector de la alimentación animal. (Vigente hasta el 19 de octubre de 2006) | |
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| Número de registro | Código de actividad (1) | Nombre o denominación comercial (2) | Dirección (3) | Notas relativas al artículo 31 del Real Decreto 2599/1998 (4) | Observaciones |
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(1)
A = Establecimientos contemplados en el párrafo a del artículo 9 del Real Decreto 1191/1998.
B = Establecimientos contemplados en el párrafo b del artículo 9 del Real Decreto 1191/1998.
C = Establecimientos contemplados en el párrafo c del artículo 9 del Real Decreto 1191/1998.
D = Establecimientos contemplados en el párrafo c del artículo 9 del Real Decreto 1191/1998. (sólo ganadería).
I = Intermediarios contemplados en el apartado 1 del artículo 10 del Real Decreto 1191/1998.
(2) Nombre o denominación comercial del establecimiento o intermediario y del representante, en su caso.
(3) Dirección del establecimiento o intermediario y del representante, en su caso.
(4)
= Fabricantes de piensos compuestos autorizados a utilizar una proporción mínima de 0,05 % por peso de premezclas contemplados en el apartado 5 del artículo 31 del Real Decreto 2599/1998, de 4 de diciembre, sobre los aditivos en la alimentación de los animales.
= Fabricantes de piensos compuestos autorizados a añadir cobre, selenio y vitaminas A y D directamente a los piensos compuestos contemplados en el apartado 6.b del artículo 31 del Real Decreto 2599/1998, de 4 de diciembre, sobre los aditivos en la alimentación de los animales.
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