Ley 10/1988, de 20 de julio, de ordenación del Comercio Interior de Galicia. (Vigente hasta el 18 de enero de 2011) | |
De acuerdo con el Estatuto de Autonomía de Galicia, en su artículo 30.I.4, corresponde a la Comunidad Autónoma Gallega la competencia exclusiva en materia de Comercio Interior, sin perjuicio de la política general de precios y legislación sobre la defensa de la competencia en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11 y 13 de la Constitución.
En el citado marco estatutario, la presente Ley es el cauce normativo adecuado para posibilitar una ordenación del Comercio Interior de Galicia, acomodada a las características peculiares de la estructura económica y comercial de nuestra Comunidad Autónoma. Todo ello enmarcado dentro del principio de libertad que ha de regir, dentro de las limitaciones impuestas por la defensa de la libre y leal competencia, la circulación de bienes y la defensa y garantía de los intereses de los consumidores.
En los últimos años se esta produciendo una modificación sustancial en nuestra tradicional estructura comercial, además de la introducción y extensión de nuevos sistemas de venta con un progresivo mayor peso especifico. Teniendo en cuenta la importancia que las pequeñas y medianas empresas tienen en nuestra Comunidad Autónoma, se hace necesaria la regulación de esta materia por la Junta de Galicia, a fin de que las condiciones de competitividad e igualdad entre los distintos agentes que integran este tipo de actividad sean reales y efectivas. Por otra parte, se trata de que la introducción de nuevas formas, técnicas y practicas comerciales y de las grandes empresas se realice de forma equilibrada y ordenada, limitando, en lo posible, las tensiones que se derivan de los cambios de la estructura, sin que ello suponga una remora para la necesaria modernización y adecuación del equipamiento comercial.
Por todo lo expuesto, el Parlamento de Galicia aprobó y yo, de conformidad con el artículo 13.2 del Estatuto de Galicia, y con el artículo 24 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y de su Presidente, promulgo, en nombre del Rey, la Ley de ordenación del Comercio Interior de Galicia.
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