Base de Datos de Legislación

Decreto Foral 183/2007, de 10 de septiembre, por el que se crea el organismo autónomo Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence. (Vigente hasta el 31 de agosto de 2011)


Recíba nuestro boletín

TÍTULO V.
PERSONAL.

Artículo 33. Régimen de personal.

1. Integran el personal del Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence:

  1. Las personas que ocupen cargos directivos o de libre designación por el Gobierno de Navarra.

  2. Los funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral que se adscriban al Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence.

  3. El personal laboral contratado temporal y contratado administrativo adscrito al propio Organismo Autónomo.

2. El personal al Servicio del Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence será funcionario, estatutario o laboral, en los mismos términos que los establecidos para la Administración Foral de Navarra.



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.