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Resolución de 28 de mayo de 2004, del Instituto Social de la Marina, por la que se actualizan los precios públicos de determinados servicios.


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Sumario:

La Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales del 20 de mayo de 1997 (Boletín Oficial del Estado de 6 de junio), establecía los precios públicos de determinados servicios prestados por el Instituto Social de la Marina, de acuerdo con la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, en virtud de las competencias que tiene atribuidas el Instituto Social de la Marina por el Real Decreto 1414/1981, de 3 de julio.

Por otra parte, la disposición adicional 3 de la citada Orden, faculta a la Dirección General del Instituto Social de la Marina a actualizar anualmente los precios fijados en la citada Orden, en función del incremento del índice nacional de precios al consumo.

En consecuencia, y de acuerdo con la citada disposición adicional, se actualizan dichos precios en un 2,7 %, de conformidad con el IPC, en el período comprendido entre abril/2003 y abril/2004, según anexo.

Los nuevos precios que fija esta Resolución, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación, a excepción de los que regulan los servicios prestados en los colegios, guarderías y residencias de alumnos del Instituto Social de la Marina, que surtirán efectos a partir del 1 de septiembre de 2004.

Madrid, 28 de mayo de 2004.

 

La Directora general,
María Antonia Lucena Varea.

ANEXO.

A. Hospederías.

  1. Habitaciones.

  2. Lavandería y planchado de ropa:

  3. Taquillas:

  4. Servicio de duchas: 0,80 euros.

B. Colegios

  1. Servicio de residencia y comedor de alumnos residentes: Gratuito.

  2. Alumnos externos y otras personas con derecho (sólo comedor): 2,28 euros por comida o 33.26 euros/mes (una comida diaria).

  3. En el supuesto de varios hermanos que utilicen el servicio de comedor, a partir del tercero de ellos, inclusive, sólo dará lugar al abono del 50 por 100 de los precios fijados.

C. Guarderías

  1. Servicio de guardería con comedor.

  2. Otras personas con derecho sólo a comedor: 2,28 euros por comida o 33,26 euros/mes (una comida diaria).

  3. En el supuesto de varios hermanos atendidos en la guardería, el segundo de ellos sólo dará lugar al abono del 50 por 100 de los precios fijados y el tercero y siguientes quedarán exentos de los mismos.

D. Residencias de alumnos

  1. Residencia de Gijón: Por plaza de residente: 33,26 euros/mes.

  2. Residencia de Almería: Habitación y comedor de alumnos residentes, gratuito.

E. Buque sanitario Esperanza del Mar

F. Centros en el extranjero

  1. Servicio de comedor:

  2. Los precios de los servicios de habitaciones, lavandería y planchado de ropa, taquillas y duchas serán los mismos que los establecidos para las hospederías en el apartado A de este anexo.



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