Base de Datos de Legislación

Orden TAS/3512/2007, de 26 de noviembre, por la que se modifica la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.


Sumario:

Mediante la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, se ha procedido a la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, derogando expresamente los preceptos de la anterior Orden sobre la materia, de 26 de mayo de 1999, que habían sido declarados transitoriamente vigentes por el citado Real Decreto, así como la disposición adicional séptima de la Orden de 22 de febrero de 1996, por la que también se desarrolló el anterior Reglamento general de recaudación de los recursos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre.

La experiencia obtenida en el desempeño de la gestión recaudatoria desde su aprobación aconseja proceder a la actualización puntual de algunos de sus artículos, reguladores de determinados aspectos del procedimiento recaudatorio de la Seguridad Social tanto en período voluntario como en vía de apremio, así como a la adición de nuevos preceptos al respecto, al objeto de garantizar una mayor eficacia y un adecuado servicio a los ciudadanos en su desarrollo.

Con el fin de alcanzar los objetivos acabados de indicar, también se ha advertido la necesidad de completar la regulación de la referida Orden mediante el desarrollo de las previsiones contenidas en los artículos 30, 44 y 45 del vigente Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social en materia de devolución de ingresos indebidos y de reembolso del coste de las garantías aportadas para suspender el procedimiento recaudatorio.

Esta Orden se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la disposición final segunda del citado Reglamento general de recaudación, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

La Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, queda modificada como sigue:

Uno. El apartado 2 del artículo 12 queda redactado en los términos siguientes:

Dos. El artículo 17 queda redactado en los términos siguientes:

Tres. El primer párrafo del apartado 1 del artículo 26 queda redactado en los términos siguientes:

Cuatro. El apartado 1.b del artículo 27 queda redactado del siguiente modo:

Cinco. El segundo párrafo del apartado 1.b del artículo 36 queda redactado del siguiente modo:

Seis. Se suprime el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 38.

Siete. Se añade una nueva subsección a la sección VIII, en los términos siguientes:

Ocho. El título de la sección IX queda redactado en los términos siguientes:

Nueve. Los actuales artículos 39 y 40 pasan a constituir, respectivamente, los nuevos artículos 40 y 41, quedando redactado este último en los términos siguientes:

Diez. Se añade un nuevo artículo, el 42, con la siguiente redacción:

Once. Se añade una nueva sección, la X, en los términos siguientes:

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificación de la Orden de 21 de julio de 1995, por la que se modifican determinados criterios de imputación contable de los recursos del sistema de la Seguridad Social.

El artículo 1 de la Orden de 21 de julio de 1995, por la que se modifican determinados criterios de imputación contable de los recursos del sistema de la Seguridad Social, queda redactado en los términos siguientes:

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Modificación de la Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio, por la que se delega y se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y sus organismos públicos dependientes.

El apartado 2 del artículo 6 de la Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio, por la que se delega y se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y sus organismos públicos dependientes, queda redactado en los términos siguientes:

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Título competencial.

Esta Orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de régimen económico de la Seguridad Social.

DISPOSICIÓN FINAL CUARTA. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 26 de noviembre de 2007.

 

El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales,
Jesús Caldera Sánchez-Capitán.



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.