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Resolución de 3 de mayo de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publican las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2005 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.


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Visto el texto de las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 2005 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda (Código de Convenio n.º 9002052), actas que fueron suscritas el día 23 de febrero de 2010 por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte representantes de la Dirección de la empresa y el Comité de empresa en representación de la entidad y de los trabajadores de la misma al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y de la Presidencia (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, en la ejecución de dichos Acuerdos.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de mayo de 2010.

 

El Director General de Trabajo,
José Luis Villar Rodríguez.

ACTA FINAL

Representantes de Dirección:

Representantes de los Trabajadores:

En Madrid, a 23 de febrero de 2010, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 2005.

Puestos valorados o revisados a petición de los Departamentos.

Puestos de nueva creación.

Puestos que suben de nivel:

Puestos no valorados por no existir cambio de funciones:

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes sin acuerdo en algún factor:

Según se recoge en el art. 9.º del vigente Convenio Colectivo, los puestos de trabajo en desacuerdo se someterán a arbitraje, acordándose que sea la Inspección Provincial de Trabajo quien lo lleve a cabo, aceptando ambas representaciones el informe que emita la Inspección. Estos puestos son:

Se hace pública internamente en los centros de trabajo de la FNMT- RCM, la relación del personal afectado por la presente revisión y las fechas de aplicación.

Todas las valoraciones serán aplicadas una vez se obtenga la autorización ministerial preceptiva y se publique en el B.O.E. como parte integrante del Convenio Colectivo y con efectos de las fechas de aplicación antes citadas.

Jefe Administrativo de Administración de Personal:

Encuadernador de Lujo:

Supervisor de Control de Producto en Curso:

Asesor Jurídico:

Es el licenciado en Derecho que, con total conocimiento de su profesión, iniciativa y responsabilidad, tiene como misión el asesoramiento jurídico referido al ámbito empresarial así como la representación y defensa jurídica de los intereses de la FNMT-RCM; deberá elaborar los estudios e informes que le sean requeridos, todo ello de acuerdo con las normas establecidas por su superior, debiendo observar en todo momento la discreción adecuada. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Ayudante Máquina Böwe:

Acta final

Representantes de Dirección:

Representantes de los Trabajadores:

En Madrid, a 23 de Febrero de 2010, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 2005.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes.

Según se recoge en el art. 9.º del vigente Convenio Colectivo, los puestos de trabajo en desacuerdo se someterán a arbitraje, acordándose que sea la Inspección Provincial de Trabajo quien lo lleve a cabo, aceptando ambas representaciones el informe que emita la Inspección. Estos puestos son:

Varios:

Oficial 1.ª Temple:

Oficial 2.ª Mecánico de Mantenimiento Central:



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