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Resolución de 18 de enero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el texto de las Actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales asi como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del primer semestre de 2006 y al arbitraje del primer semestre de 2006 empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.


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Sumario:

Visto el texto de las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del primer semestre de 2006 y al arbitraje del primer semestre de 2006 de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (código de Convenio número 90002052011987) actas que fueron suscritas los días 11 de junio y 22 de julio de 2010 por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte representantes de la Dirección de la empresa y el Comité de empresa en representación de la entidad y de los trabajadores de la misma al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y de la Presidencia (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento a lo previsto en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, en la ejecución de dichos Acuerdos.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de enero de 2011.

 

El Director General de Trabajo,
Raúl Riesco Roche.

ACTA FINAL.

Representantes de Dirección: Doña Mª Carmen Martín Sierra, doña Marta Bedoya Castro (asesor).

Representantes de los Trabajadores: Don Antonio Santiago Morales, don Juan Manuel Cámara Díaz (asesor).

En Madrid, a 11 de junio de 2010, se reúnen los miembros de la comisión mixta de valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al primer semestre de 2006.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos:

Puestos de nueva creación:

Puestos que no suben de nivel:

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes:

Puestos no valorados por no existir cambio de funciones. Respecto al puesto de trabajo de controlador de calidad de metalurgia. Dirección I+D y Calidad, hay acuerdo en no valorar el puesto de trabajo por no existir cambio de funciones.

Puestos revisados a petición de los departamentos sin acuerdo en algún factor. Oficial 1ª Jefe de Equipo máquina flexográfica y finalizado. Imprenta.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes sin acuerdo en algún factor. Oficial 1ª Jefe de Equipo máquina tipográfica-valores 2 ó + colores. Documentos de valor.

Según se recoge en el artículo 9º del vigente convenio colectivo, los puestos de trabajo en desacuerdo se someterán a arbitraje, acordándose que sea la Inspección Provincial de Trabajo quien lo lleve a cabo, aceptando ambas representaciones el informe que emita la Inspección. Estos puestos son:

Varios:

Categorías de nueva creación:

Categorías que desaparecen:

Relación de personas y fecha de efectos:

Se hace pública internamente en los centros de trabajo de la FNMT-RCM la relación del personal afectado por la presente revisión y las fechas de aplicación.

Todas las valoraciones serán aplicadas una vez se obtenga la autorización ministerial preceptiva y se publique en el Boletín Oficial del Estado como parte integrante del convenio colectivo y con efectos de las fechas de aplicación antes citadas.

Técnico de producción de máquinas selectoras de billetes. Es el titulado medio o asimilado en la especialidad requerida, que con total conocimiento de su profesión, iniciativa y responsabilidad, tiene como misión la confección y mantenimiento de adaptaciones para máquinas selectoras de billetes, la supervisión del funcionamiento de las mismas, realizando el tratamiento de tablas y datos. Se encargará de la realización de pruebas, estudios e informes de los diferentes procesos bajo su responsabilidad u otros que se le encarguen, utilizando en caso necesario el idioma inglés. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Técnico de documentación y archivo. Es el titulado superior en la especialidad requerida, que con total conocimiento de su profesión, autonomía y responsabilidad, tiene como misión el estudio y selección de información y documentación gráfica relativa a los productos elaborados por la FNMT-RCM, así como la clasificación y ordenación de la documentación producida por los diferentes Departamentos de la misma, debiendo utilizar el idioma inglés en caso necesario. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Oficial 2ª máquina flexográfica y finalizado. Es el operario que, con conocimientos suficientes de su profesión y bajo la coordinación del Oficial 1ª Jefe de Equipo, colabora con éste en todas sus funciones para la impresión, corte, enfajado, encajado, etiquetado y paletizado de boletos, octavillas, pliegos de juzgado y demás trabajos encomendados a uno, dos o más colores. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Maquinista de empaquetado de acuñaciones especiales. Es el Operario que, con total conocimiento de las máquinas de empaquetado, tiene como misión el encapsulado y conformado de colecciones de monedas. Deberá realizar la carga, retirada y apilado de producto, selección del programa y ajuste de las máquinas, así como todas las verificaciones precisas, atendiendo a los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad para el correcto encapsulado y empaquetado de las colecciones de moneda de acuerdo a las normas exigidas y bajo la supervisión de su superior funcional. Además realizará las funciones correspondientes a la categoría de Ayudante de Acuñaciones Especiales y Empaquetado de Moneda. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Controlador de calidad de Preimpresión. Es el operario que, con total conocimiento de los procesos de preimpresión, tiene como misión controlar la calidad de los productos, las fases del proceso y el cumplimiento de las normas de calidad concertada con proveedores o clientes, debiendo conocer el idioma inglés, con el fin de comprender términos relacionados con su trabajo. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Acta final

Representantes de Dirección: Doña María del Carmen Martín Sierra.

Representantes de los Trabajadores: Don Antonio Santiago Morales, don Juan Manuel Cámara Díaz (asesor).

En Madrid, a 11 de junio de 2010, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al primer semestre de 2006.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos:

Se hace pública internamente en los centros de trabajo de la FNMT-RCM la relación del personal afectado por la presente revisión y las fechas de aplicación.

Todas las valoraciones serán aplicadas una vez se obtenga la autorización ministerial preceptiva y se publique en el Boletín Oficial del Estado como parte integrante del Convenio Colectivo y con efectos de las fechas de aplicación antes citadas.

Oficial 2ª máquina de corte y empaquetado de billetes. Es el operario que, con conocimientos suficientes de las máquinas asignadas y bajo la supervisión de su inmediato superior, colabora con éste en sus funciones para el corte, selección y empaquetado de billetes. Podrá realizar su trabajo en cualquiera de las máquinas de la línea a la que esté asignado. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Supervisor de corte, empaquetado y selección de billetes. Es el operario que, con total conocimiento de los procesos de manipulado y siguiendo las directrices del Jefe de Unidad, colabora con éste en la consecución de los objetivos de producción y calidad establecidos, en las tareas de coordinación que le requiera y le informa de las incidencias que se produzcan en el taller. Atiende y supervisa el funcionamiento de los sistemas de encajado, transporte, paletizado y triturado. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Oficial 1ª Jefe de equipo máquina de corte y empaquetado de billetes. Es el operario que, con total conocimiento de las máquinas a su cargo y capacidad de coordinación, conduce una máquina de corte, selección y empaquetado de billetes. Deberá realizar las correcciones precisas, atendiendo a los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad, para lograr el corte, selección y empaquetado de billetes de acuerdo con las exigencias del producto terminado. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Acta final

Representantes de Dirección: Doña María del Carmen Martín Sierra, doña Marta Bedoya Castro (asesor).

Representantes de los Trabajadores: Don Antonio Santiago Morales, don Juan Manuel Cámara Díaz (asesor).

En Madrid, a 22 de julio de 2010, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando esta acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al primer semestre de 2006, que fueron sometidos a arbitraje de la Inspección Provincial de Trabajo.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos:

Se hace pública internamente en los centros de trabajo de la FNMT-RCM la relación del personal afectado por la presente revisión y las fechas de aplicación.

Todas las valoraciones serán aplicadas una vez se obtenga la autorización ministerial preceptiva y se publique en el Boletín Oficial del Estado como parte integrante del Convenio Colectivo y con efectos de las fechas de aplicación antes citadas.

Oficial 1ª Jefe de Equipo máquina flexográfica y finalizado. Es el operario que, con total conocimiento de su profesión y capacidad de coordinación puede conducir cualquier máquina flexográfica, debiendo realizar la preparación de la máquina, el ajuste de los diferentes cuerpos de impresión, el montaje y ajuste de planchas, cauchos, camas, cuchillas, túneles de secado y línea de finalizado, así como los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad, de forma que pueda imprimir todo tipo de trabajos a uno, dos o más colores, según las exigencias del producto terminado. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Oficial 1ª Jefe de Equipo máquina tipográfica valores dos o mas colores. Es el operario que, con total conocimiento de su profesión y capacidad de coordinación, conduce todo tipo de máquinas de impresión tipográfica. Deberá realizar la mezcla de colores, calzado y arreglo de camas, montaje y ajuste de planchas, cilindros y numeradores, atendiendo a los sistemas auxiliares, incluidos los de control y seguridad, y todos los ajustes necesarios a fin de poder imprimir cualquier clase de trabajo a uno, dos o más colores de acuerdo con las exigencias del producto terminado. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:



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