Base de Datos de Legislación

Resolución de 18 de marzo de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica las tablas salariales definitivas para el año 2009 y las provisionales correspondientes al año 2010 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.


Recíba nuestro boletín

Visto el contenido de las tablas salariales definitivas para el año 2009 y las provisionales correspondientes al año 2010 del Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de Pastas Alimenticias (Código de Convenio n.º 9903945), publicado en el BOE de 27-1-2009, tablas que fueron suscritas con fecha 22 de febrero de 2010 por la Comisión Paritaria de dicho Convenio, en la que están integradas la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias y las organizaciones sindicales CCOO y UGT, firmantes de dicho Convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de marzo de 2010.

 

El Director General de Trabajo,
José Luis Villar Rodríguez.

NACIONAL

CONVENIO COLECTIVO DE PASTAS ALIMENTICIAS

Tablas salariales definitivas vigentes a partir del 1.º de enero de 2009

(Regularización IPC real año 2009 = 0,8% + 0,25% mejora convenio = 1,05% incremento)

Categoría profesionalMensual
Salario base
-
Euros
Plus Convenio
-
Euros
Total
-
Euros
I) De Producción:   
Oficial de 1.ª .794,13459,931.254,06
Oficial de 2.ª .794,13314,051.108,18
Ayudante777,48272,281.049,76
II) Acabado, Envasado y Empaquetado:   
Oficial de 1.ª .794,13459,931.254,06
Oficial de 2.ª .794,13314,051.108,18
Ayudante777,48272,281.049,76
III) De Oficios Auxiliares:   
Mecánicos794,13459,931.254,06
Chófer de 1.ª .794,13459,931.254,06
Chófer de 2.ª .794,13314,051.108,18
Carpintero794,13459,931.254,06
Repartidor726,47314,051.040,52
Electricista794,13459,931.254,06
IV) Peonaje:   
Peón697,91314,051.011,96
Personal de limpieza697,91230,48928,39
V) Subalternos:   
Almacenero794,13459,931.254,06
Conserje726,47314,051.040,52
Cobrador726,47314,051.040,52
Basculero726,47314,051.040,52
Sereno726,47314,051.040,52
Mozo Almacén697,91314,051.011,96

Resto conceptos económicos del Convenio

Plus sábados-domingos: 34,61 euros por día.

Ayuda matrícula: 95,15 euros.

Ayuda discapacitados: 159,47 euros mes.

Premio nupcialidad: 119,79 euros.

(*) Ayuda matrícula: 95,15 euros.

El anterior importe de 95,15 € resulta de aplicar lo siguiente: 94,16 € año 2008 + 0,8% IPC real año 2009 + 0,25% mejora convenio = 1,05% incremento = 95,15 € Observación: Importe real percibido en septiembre-octubre 2009 fue = a 94,71 € con la regularización anterior del 0,8% IPC real año 2009 + 0,25% mejora convenio = 1,05% incremento, resulta que se tiene hacer efectivo los atrasos de 0,44 céntimos de €. (95,15 € - 94,71 €).

Nota: Si después de aplicar el IPC real correspondiente al año 2009 alguna de las categorías: Auxiliar Laboratorio, Auxiliar Administrativo o Telefonista, no hubieran alcanzado la cifra de 1.000 € al mes, por 15 pagas, serían automáticamente revisadas con efectos 31-12-2009, en el diferencial necesario para llegar a ese importe.

NACIONAL

CONVENIO COLECTIVO DE PASTAS ALIMENTICIAS

Tablas salariales definitivas vigentes a partir del 1.º de enero de 2009

(Regularización IPC real año 2009 = 0,8% + 0,25% mejora convenio = 1,05% incremento)

Categoría profesionalMensual
Salario base-EurosPlus Convenio-EurosTotal-Euros
Técnicos titulados:   
Técnico Jefe1.275,12781,012.056,13
Técnico1.074,78530,561.605,34
Ayudante Técnico Sanitario796,02391,421.187,44
Técnicos no titulados:   
Encargado General1.074,78781,011.855,79
Maestro de Fabricación951,23530,561.481,79
Encargado de Sección849,45530,561.380,01
Auxiliar Laboratorio 737,56255,08992,64
Admnistrativos:   
Jefe Administrativo 1.ª951,23669,661.620,89
Jefe Administrativo 2.ª951,23530,561.481,79
Oficial Administrativo 1.ª796,02530,561.326,58
Oficial Administrativo 2.ª796,02355,211.151,23
Auxiliar Administrativo737,56255,08992,64
Telefonista737,56255,08992,64
Mercantiles:   
Jefe de Ventas951,23669,661.620,89
Inspector de Ventas849,45530,561.380,01
Promotor849,45391,421.240,86
Vendedor con autoventa 796,02355,211.151,23
Viajante796,02355,211.151,23
Corredor Plaza796,02255,081.051,10

Resto conceptos económicos del Convenio

Plus sábados-domingos: 34,61 euros por día.

Ayuda matrícula: 95,15 euros.

Ayuda discapacitados: 159,47 euros mes.

Premio nupcialidad: 119,79 euros.

(*) Ayuda matrícula: 95,15 euros.

El anterior importe de 95,15 € resulta de aplicar lo siguiente: 94,16 € año 2008 + 0,8% IPC real año 2009 + 0,25% mejora convenio = 1,05% incremento = 95,15 € Observación: Importe real percibido en septiembre-octubre 2009 fue = a 94,71 € con la regularización anterior del 0,8% IPC real año 2009 + 0,25% mejora convenio = 1,05% incremento, resulta que se tiene hacer efectivo los atrasos de 0,44 céntimos de €. (95,15 € - 94,71 €).

Nota: Si después de aplicar el IPC real correspondiente al año 2009 alguna de las categorías: Auxiliar Laboratorio, Auxiliar Administrativo o Telefonista, no hubieran alcanzado la cifra de 1.000 € al mes, por 15 pagas, serían automáticamente revisadas con efectos 31-12-2009, en el diferencial necesario para llegar a ese importe.

Notas:
Véase Resolución de 7 de mayo de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrige error en la de 18 de marzo de 2010, por la que se registra y publican las tablas salariales definitivas para el año 2009 y las provisionales correspondientes al año 2010 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.


[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.