Resolución de 22 de julio de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio Colectivo Estatal para el sector de regulación del estacionamiento limitado de vehículos en la vía pública, mediante control horario y cumplimiento de las ordenanzas de aparcamientos. | |
Visto el texto del IV Convenio Colectivo Estatal para el Sector de regulación del estacionamiento limitado de vehículos en la vía pública, mediante control horario y cumplimiento de las ordenanzas de aparcamientos (Código de Convenio n.º 9912845), que fue suscrito con fecha 17 de junio de 2008, de una parte por la Asociación Nacional de Empresas del Sector del Estacionamiento Limitado de Vehículos en la Vía Pública (ANERE) en representación de las empresas del sector, y de otra por la Federación Estatal de Transportes, Comunicaciones y Mar de la Unión General de Trabajadores (UGT) y la Federación de Comunicación y Transporte de Comisiones Obreras (CC.OO.) en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero:
Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo:
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 22 de julio de 2008.
El Director General de Trabajo,
José Luis Villar Rodríguez.
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