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Canje de notas de 3 de abril de 1991 con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para extender a Gibraltar el Acuerdo de 26 de junio de 1989 de prevención y represión del tráfico ilícito y el uso indebido de drogas.


Sumario:

Señor Embajador:

Tengo el honor de hacer referencia a las conversaciones que mantuve con el Ministro de Asuntos Exteriores y de la Commonwealth del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en Madrid el día 26 de febrero de 1990, en las que se adoptó la decisión de extender a Gibraltar el Acuerdo entre nuestros dos países sobre prevención y represión del tráfico ilícito y el uso indebido de drogas.

Este régimen y cualquier actividad o medida tomada en aplicación o como consecuencia del mismo, se entienden sin perjuicio de la posición jurídica del Reino de España respecto de la controversia sobre la soberanía sobre el istmo.

Tengo el honor de proponer que la presente nota acompañada de la respuesta de V. E. constituyan un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos para que se extienda a Gibraltar el Acuerdo entre nuestros dos países sobre prevención y represión del tráfico ilícito y el uso indebido de drogas, firmado en Madrid el día 26 de junio de 1989, en conformidad con el artículo 23.(a).(III). El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la ultima notificación en que cada uno de los Gobiernos haya notificado al otro que han sido cumplidos los trámites internos para hacerlo efectivo.

Aprovecho esta oportunidad para reiterar a V. E. el testimonio de mi consideración mas distinguida.

Madrid, 3 de abril de 1991.

 

El Ministro de Asuntos Exteriores,
Francisco Fernandez Ordoñez.

Sir Robin Fearn Kcmg,
Embajador de su Majestad Britanica.

Madrid, 3 de abril de 1991.

Excmo. Sr. D. Francisco Fernandez Ordoñez,
Ministro de Asuntos Exteriores.

Ministerio de Asuntos Exteriores
Plaza de la Provincia, 1 28012 Madrid.

Tengo el honor de acusar recibo de su nota del 3 de abril que traducida dice lo siguiente:

Tengo el honor de hacer referencia a las conversaciones que mantuve con el Ministro de Asuntos Exteriores y de la Commonwealth del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en Madrid, el día 26 de febrero de 1990, en las que se adoptó la decisión de extender a Gibraltar el Acuerdo entre nuestros dos países sobre prevención y represión del tráfico ilícito y el uso indebido de drogas.

Este régimen y cualquier actividad o medida tomada en aplicación o como consecuencia del mismo, se entienden sin perjuicio de la posición jurídica del Reino de España respecto de la controversia sobre la soberanía sobre el istmo.

Tengo el honor de proponer que la presente nota acompañada de la respuesta de su excelencia constituyan un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos para que se extienda a Gibraltar el Acuerdo entre nuestros dos países sobre prevención y represión del tráfico ilícito y el uso indebido de drogas, firmado en Madrid el día 26 de junio de 1989, en conformidad con el artículo 23.(a).(III). El presente acuerdo entrará en vigor en la fecha de la última notificación en que cada uno de los Gobiernos haya notificado al otro que han sido cumplidos los trámites internos para hacerlo efectivo.

Aprovecho esta oportunidad para reiterarle a su excelencia el testimonio de mi consideración mas distinguida.

En respuesta, tengo el honor de confirmar que los términos y condiciones expuestos en su nota cuentan con la conformidad del Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y que su nota, acompañada de la presente respuesta, constituirán un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos, que entrará en vigor en la fecha de la ultima notificación en que cada uno de los Gobiernos haya notificado al otro que han sido cumplidos los trámites internos para hacerlo efectivo.

Aprovecho esta oportunidad para reiterarle a su excelencia el testimonio de mi consideración mas distinguida.

Sir Robin Fearn.

El presente canje de notas, constitutivo de acuerdo, entró en vigor el 11 de marzo de 1992, fecha de la ultima de las notificaciones cruzadas entre las partes comunicándose reciprocamente el cumplimiento de sus respectivos trámites internos, según se establece en el texto de las mismas.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 23 de marzo de 1992.

 

El Secretario general técnico,
Aurelio Pérez Giralda.



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