Base de Datos de Legislación

Instrumento de Ratificación del Convenio entre el Reino de España y la República de Panamá sobre asistencia legal y cooperación judicial en materia penal, hecho ad referendum en Madrid el 19 de octubre de 1998.


TÍTULO V.
PROCEDIMIENTO.

Artículo 12.

1. Las solicitudes de asistencia deberán contener las siguientes indicaciones:

  1. Autoridad que formula la solicitud.

  2. Objeto y motivo de la solicitud.

  3. En lo posible, identidad y nacionalidad de la persona en cuestión.

  4. Nombre y dirección del destinatario, cuando proceda.

  5. Cualquier otra información que posea la autoridad requirente relativa a la solicitud de asistencia.

2. En las comisiones rogatorias que tengan por objeto realizar actos de instrucción las solicitudes de asistencia mencionarán, además, la inculpación y contendrán una exposición sumaria de los hechos.

Artículo 13.

1. Las comisiones rogatorias y las solicitudes de asistencia serán cursadas por las autoridades centrales de las dos Partes, siendo devueltas por la misma vía acompañadas de los documentos relativos a su ejecución.

2. La Autoridad Central para España será el Ministerio de Justicia (Secretaria General Técnica) y para la República de Panamá será el Ministerio de Gobierno y Justicia (Dirección Nacional de los Tratados de Asistencia Legal Mutua).



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