Instrumento de Ratificación del Convenio entre el Reino de España y la República de Panamá sobre asistencia legal y cooperación judicial en materia penal, hecho ad referendum en Madrid el 19 de octubre de 1998. | |
1. Las solicitudes de asistencia deberán contener las siguientes indicaciones:
Autoridad que formula la solicitud.
Objeto y motivo de la solicitud.
En lo posible, identidad y nacionalidad de la persona en cuestión.
Nombre y dirección del destinatario, cuando proceda.
Cualquier otra información que posea la autoridad requirente relativa a la solicitud de asistencia.
2. En las comisiones rogatorias que tengan por objeto realizar actos de instrucción las solicitudes de asistencia mencionarán, además, la inculpación y contendrán una exposición sumaria de los hechos.
1. Las comisiones rogatorias y las solicitudes de asistencia serán cursadas por las autoridades centrales de las dos Partes, siendo devueltas por la misma vía acompañadas de los documentos relativos a su ejecución.
2. La Autoridad Central para España será el Ministerio de Justicia (Secretaria General Técnica) y para la República de Panamá será el Ministerio de Gobierno y Justicia (Dirección Nacional de los Tratados de Asistencia Legal Mutua).
[Aviso Legal] http://noticias.juridicas.com