Base de Datos de Legislación

Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar.


TÍTULO QUINTO.
DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL SUBSIDIARIA DEL ESTADO

Artículo 48.

El Estado es responsable civil subsidiario por los delitos que hubiesen cometido los militares en ocasión de ejecutar un acto de servicio, apreciado como tal en la sentencia.



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