El próximo Encuentro se celebrará el día 12 de mayo, conducido por el Magistrado del Tribunal Supremo y Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Ángel Blasco Pellicer.
En el mismo se analizará y debatirá sobre el contenido y la aplicación práctica de dos recientes Sentencias del Tribunal Supremo:
1. Límites de la autonomía colectiva para alterar los ámbitos empresa/centros de trabajo en la elección de la representación unitaria (STS 172/2023 de 7 de marzo de 2023, rec. 42/2021).
- ¿Es posible tomar como referencia una unidad electoral diferente al centro de trabajo para la elección del comité de empresa?
- ¿Es necesario tomar exclusivamente como referencia geográfica la provincia o municipios limítrofes?
- ¿Qué razones pueden llevar a considerar la normativa de elección de la representación unitaria como de orden público?
- ¿Es aplicable esta consideración de orden público a la normativa sobre la representación sindical?
- ¿Cómo afecta la composición de la representación unitaria en distintos centros de trabajo a la composición de un comité Intercentros?
- ¿Es posible contemplar un comité Intercentro por convenio colectivo que tenga las mismas funciones reconocidas legalmente a comités de empresa y delegados de personal?
- ¿Puede incluirse entre esas funciones la negociación de convenios colectivos de empresa estatutarios?
2. Determinación de la composición numérica del banco social en una comisión negociadora y alcance de la discrecionalidad de la autonomía sindical para establecer esa composición (STS 167/2023, de 12 de abril de 2023, rec. 4/2021).
- ¿Pueden las secciones sindicales más representativas reducir el número de miembros del banco social para negociar un convenio colectivo estatutario?
- ¿Es esta decisión discrecional o ha de tener una justificación objetiva?
- ¿Tiene derecho una sección sindical con un número mínimo en la representación unitaria de la empresa a formar parte en todo caso de esa comisión negociadora, debiéndose adecuar el número de miembros de esa comisión a ello, incluso si su voto fuera irrelevante en la formación de la voluntad del banco social?
- ¿Cómo afectaría este derecho, en su caso, a la doctrina del TS sobre el derecho a voto ponderado (y no por personas) en la toma de decisiones por el banco social?
- ¿Puede extenderse la doctrina establecida en esta sentencia a la composición social de otras comisiones negociadoras (arts. 40, 41, 47 o 51 ET)?
- ¿Podría aplicarse esta doctrina también a la composición social de la comisión negociadora de un convenio colectivo extraestatutario?
En esta sesión los ponentes son:
- SALVADOR DEL REY (Moderador). Director del Foro de Relaciones Laborales, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de ESADE Law School. (URL). Presidente del Instituto Cuatrecasas de Estrategia Legal en RRHH.
- ÁNGEL BLASCO PELLICER. Magistrado del Tribunal Supremo y Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
- ALMUDENA BATISTA. Socia de CUATRECASAS
- MARÍA JOSÉ LÓPEZ. Profesora Ordinaria de ICADE
- ERNESTO RODRÍGUEZ. Director de Relaciones Laborales en MAPFRE
- GUILLERMO TENA. Director del Instituto CUATRECASAS
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Se irán programando las siguientes Encuentros en función de las sentencias más actuales e interesantes del panorama jurídico y sus implicaciones en el ámbito profesional, siempre liderados por un magistrado del Tribunal Supremo.