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02/05/2023 20:25:09 Redacción DERECHO LABORAL 3 minutos

Nuevo Encuentro LA LEY. Foro de Relaciones Laborales ESADE, ICADE, Instituto Cuatrecasas

En esta sesión que se celebrará el próximo 12 de mayo destacados expertos en Derecho laboral analizarán las consecuencias prácticas de dos recientes e importantes pronunciamientos de nuestro Tribunal Supremo  

Nuevo Encuentro LA LEY. Foro de Relaciones Laborales ESADE, ICADE, Instituto Cuatrecasas

El próximo Encuentro se celebrará el día 12 de mayo, conducido por el Magistrado del Tribunal Supremo y Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Ángel Blasco Pellicer.

En el mismo se analizará y debatirá sobre el contenido y la aplicación práctica de dos recientes Sentencias del Tribunal Supremo:

1. Límites de la autonomía colectiva para alterar los ámbitos empresa/centros de trabajo en la elección de la representación unitaria (STS 172/2023 de 7 de marzo de 2023, rec. 42/2021).

- ¿Es posible tomar como referencia una unidad electoral diferente al centro de trabajo para la elección del comité de empresa?
- ¿Es necesario tomar exclusivamente como referencia geográfica la provincia o municipios limítrofes?
- ¿Qué razones pueden llevar a considerar la normativa de elección de la representación unitaria como de orden público?
- ¿Es aplicable esta consideración de orden público a la normativa sobre la representación sindical?
- ¿Cómo afecta la composición de la representación unitaria en distintos centros de trabajo a la composición de un comité Intercentros?
- ¿Es posible contemplar un comité Intercentro por convenio colectivo que tenga las mismas funciones reconocidas legalmente a comités de empresa y delegados de personal?
- ¿Puede incluirse entre esas funciones la negociación de convenios colectivos de empresa estatutarios?

2. Determinación de la composición numérica del banco social en una comisión negociadora y alcance de la discrecionalidad de la autonomía sindical para establecer esa composición (STS 167/2023, de 12 de abril de 2023, rec. 4/2021).

- ¿Pueden las secciones sindicales más representativas reducir el número de miembros del banco social para negociar un convenio colectivo estatutario?
- ¿Es esta decisión discrecional o ha de tener una justificación objetiva?
- ¿Tiene derecho una sección sindical con un número mínimo en la representación unitaria de la empresa a formar parte en todo caso de esa comisión negociadora, debiéndose adecuar el número de miembros de esa comisión a ello, incluso si su voto fuera irrelevante en la formación de la voluntad del banco social?
- ¿Cómo afectaría este derecho, en su caso, a la doctrina del TS sobre el derecho a voto ponderado (y no por personas) en la toma de decisiones por el banco social?
- ¿Puede extenderse la doctrina establecida en esta sentencia a la composición social de otras comisiones negociadoras (arts. 40, 41, 47 o 51 ET)?
- ¿Podría aplicarse esta doctrina también a la composición social de la comisión negociadora de un convenio colectivo extraestatutario?

En esta sesión los ponentes son:

- SALVADOR DEL REY (Moderador). Director del Foro de Relaciones Laborales, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de ESADE Law School. (URL). Presidente del Instituto Cuatrecasas de Estrategia Legal en RRHH.
- ÁNGEL BLASCO PELLICER. Magistrado del Tribunal Supremo y Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
- ALMUDENA BATISTA. Socia de CUATRECASAS
- MARÍA JOSÉ LÓPEZ. Profesora Ordinaria de ICADE
- ERNESTO RODRÍGUEZ. Director de Relaciones Laborales en MAPFRE
- GUILLERMO TENA. Director del Instituto CUATRECASAS

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Se irán programando las siguientes Encuentros en función de las sentencias más actuales e interesantes del panorama jurídico y sus implicaciones en el ámbito profesional, siempre liderados por un magistrado del Tribunal Supremo.
 

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