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15/04/2025 07:55:43 REDACCIÓN DISCAPACIDAD 2 minutos

Reconocen a una docente con sordera total el traslado a un centro especial con un intérprete de signos

Se considera esencial contar con este apoyo en situaciones específicas, como reuniones con padres o docentes que no dominan el lenguaje de signos  

Reconocen a una docente con sordera total el traslado a un centro especial con un intérprete de signos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido la sentencia en la que reconoce el derecho de una funcionaria interina con hipoacusia (sordera total) a ser trasladada a un Centro de Educación Especial para alumnos sordos. Esta decisión incluye la provisión de un intérprete de lengua de signos para facilitar la comunicación durante las reuniones con padres y profesores.

La sentencia confirma que el traslado al mencionado centro, donde todos los alumnos son no oyentes y familiarizados con el lenguaje de signos, es una medida de adaptación laboral para la docente. Aunque la docente podría interactuar con sus alumnos sin necesidad de un intérprete, se considera esencial contar con este apoyo en situaciones específicas, como reuniones con padres o docentes que no dominan el lenguaje de signos.

El TSJA destaca que la administración educativa había desoído el derecho fundamental a la igualdad y no discriminación por motivo de discapacidad, al no garantizar las adaptaciones necesarias. En su fallo, se establece que la medida de adaptación del puesto de trabajo debe incluir no solo el traslado, sino también el apoyo de un intérprete durante su jornada laboral, especialmente en momentos clave de interacción con padres y otros profesionales.

No es un caso aislado

Este caso no es el primero en el que se condena a la Administración Educativa a realizar adaptaciones en el puesto de trabajo para el personal sordo. Ya existe un precedente en el que se otorgó esta medida, complementada con el apoyo de un intérprete de lengua de signos, para garantizar que una maestra de la especialidad de Pedagogía Terapéutica pudiera desempeñar su labor en igualdad de condiciones con el resto del personal. En aquella ocasión, se estableció que era necesario implementar todas las medidas adaptativas requeridas para asegurar el desarrollo del trabajo en condiciones de seguridad e igualdad con sus compañeros maestros.

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