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Actualidad Jurisprudencia
09/04/2026 12:05:22 REDACCIÓN HIPOTECAS 2 minutos

El Tribunal Supremo declara abusivas las cláusulas multidivisa de las hipotecas de Barclays

El TS aprecia falta de transparencia y avala su control en acciones colectivas

El Tribunal Supremo, en sentencia de 17 de marzo del 2026, ha declarado abusivas las cláusulas multidivisa incluidas en los préstamos hipotecarios comercializados por Barclays Bank, al apreciar falta de transparencia en su contratación.

La Sala de lo Civil estima la acción colectiva ejercitada por una asociación de consumidores frente a Caixabank, como sucesora de la entidad, y ordena el cese en la utilización de dichas cláusulas, así como su sustitución por referencias en euros en los contratos ya celebrados.

Control de transparencia en acciones colectivas

El tribunal discrepa del criterio de la Audiencia Provincial de Barcelona y admite que, en el marco de una acción colectiva, sí es posible realizar un control abstracto de transparencia.

Siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, señala que debe analizarse si un consumidor medio podía comprender el impacto económico de la cláusula atendiendo a las prácticas precontractuales y contractuales estandarizadas de la entidad.

Este control debe valorar si el consumidor estaba en condiciones de entender el funcionamiento de la cláusula y sus consecuencias económicas en el momento de la contratación.

Falta de información sobre los riesgos

En el caso concreto, el Supremo aprecia que no consta que la entidad bancaria proporcionara la información precontractual necesaria para que los prestatarios conocieran adecuadamente la naturaleza y los riesgos del producto.

En particular, la información facilitada no explicaba de forma suficiente el riesgo de tipo de cambio, elemento esencial en este tipo de préstamos.

El tribunal subraya que no basta con presumir que el consumidor conoce la fluctuación de las divisas, sino que debe ser informado de que la equivalencia en euros del capital pendiente puede no disminuir, e incluso incrementarse, pese al pago de las cuotas.

Falta de transparencia

Una vez constatada la falta de transparencia, la Sala concluye que la cláusula es también abusiva.

Esta ausencia de transparencia provoca un grave desequilibrio en perjuicio del consumidor, contrario a las exigencias de la buena fe, al impedirle comparar adecuadamente la oferta con otros préstamos en euros y comprender los riesgos reales asumidos.

Ello puede llevar al prestatario a asumir un contrato con consecuencias económicas gravemente perjudiciales.

Como consecuencia, el Tribunal Supremo estima la acción colectiva de cesación, casa la sentencia recurrida y ordena eliminar las cláusulas multidivisa.

Asimismo, dispone la sustitución en los contratos ya celebrados de todas las referencias en divisas por menciones en euros.

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