El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Léón que declaró nula la subida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), adoptada por el Ayuntamiento de León para 2008 por considerar que se publicó tarde en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ratifica así la decisión Tribunal Superior de Justicia y desestima los recursos interpuestos por la Cámara de la Propiedad Urbana y el Ayuntamiento de León.
Ambos recursos pretendían la nulidad radical o la anulabilidad de la ordenanza del IBI, por parte de la Cámara de la Propiedad, o la declaración conforme a derecho del acuerdo municipal, como pretendía el Ayuntamiento al entender que la retroactividad en la que incurría no está prohibida en el ordenamiento jurídico.
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