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29/11/2013 09:07:00 Redacción NJ Hipotecas 1 minuto

Anulados por abusivos los intereses moratorios de una ejecución hipotecaria

Según una sentencia, la única forma de desincentivar el abuso es que la sanción sea la exclusión de cualquier interés moratorio, ya que el riesgo de tal sanción llevará a la entidad bancaria a preferir la inclusión de un interés más moderado y que no pueda ser calificado de abusivo.

El juzgado de primera instancia 7 de Sabadell ha anulado los intereses moratorios de una ejecución hipotecaria por considerarlos abusivos, según la sentencia consultada por Europa Press.

El caso, que ha difundido el bufete de abogados Previous, corresponde a una pareja que está en proceso de ejecución hipotecaria de su vivienda habitual, y que denunció un interés de mora del 16%, que el juez ha considerado abusivo y por ello ha anulado.

La sentencia, contra la que cabe recurso, tiene en cuenta que el interés legal del dinero en el momento de firma de la hipoteca era del 3,75%, muy inferior al 16% fijado en la cláusula de interés por demora.

Añade la argumentación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de junio de 2012, de que no se puede recalcular un tipo de interés de mora que no sea abusivo porque entonces al profesional financiero "le interesaría siempre un interés moratorio abusivo en el contrato, pues lo peor que podría pasar es que se redujera al límite legal".

Así, "la única forma de desincentivar el abuso es que la sanción sea la exclusión de cualquier interés moratorio", ya que el riesgo de tal sanción llevará al profesional a preferir la inclusión de un interés más moderado y que no pueda ser calificado de abusivo. (EUROPA PRESS)

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