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Actualidad Jurisprudencia
27/11/2013 09:02:00 Redacción NJ Despido nulo 2 minutos

Condenan a un Ayuntamiento a readmitir a trabajadora por vulnerar su libertad ideológica

Se declara la nulidad de un despido basado en "motivos económicos y de falta de trabajo", ya que la razón real del mismo fue la adscripción política de la demandante, contraria a la del partido al frente de la Corporación después de las últimas elecciones.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de Aljaraque (Huelva), actualmente gobernado por el PP, a readmitir a una trabajadora, tras declarar nulo su despido por vulneración del derecho a la libertad ideológica.

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TSJA ha ratificado la condena dictada en febrero de 2012 por el Juzgado de lo Social número 1 de Huelva, y a su vez condena al Consistorio a pagar una indemnización a esta trabajadora de 2.000 euros por el daño moral, además del  abono de los salarios dejados de percibir desde el 31 de agosto de 2011, que es cuando fue despedida, hasta su readmisión.

Esta trabajadora contratada en la categoría profesional de Coordinadora de Desarrollo Local, y que fue despedida meses después de que el PP comenzara a gobernar en el municipio, inició su relación laboral con el Ayuntamiento de la localidad en julio de 2007 cuando gobernaba el PSOE, en cuya lista figuró también esta empleada aunque no resultara elegida y además ha venido ejerciendo funciones de secretaria de organización de la agrupación socialista de Aljaraque desde 2008.

Así, el 16 de agosto fue despedida por "motivos económicos y de falta de trabajo" por la situación económica del Ayuntamiento y al entender que "duplicidad de puestos de la misma categoría". Su puesto fue ocupado por otra trabajadora, que ostentaba dentro de la estructura provincial del PP el cargo de secretaria de desarrollo local.

La sala destaca también que a finales de 2010 una fotografía de esta trabajadora apareció en un panfleto emitido por NNGG del PP, junto a la de otros trabajadores del Ayuntamiento, en el que aparecía la expresión '¿enchufismo en Desarrollo Local'? e indica a su vez que un poco antes un concejal del PP comentó a la persona que ocupó su puesto posteriormente que "iban a despedir a la actora por su adscripción política".

Por todo ello, el TSJA ha confirmado la sentencia emitida por el citado Juzgado de lo Social y condena al Ayuntamiento a su readmisión tras declarar nulo su despido. (EUROPA PRESS)

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