El Gobierno insiste en que no hay obligación legal de aplicar lo recaudado por las tasas judiciales a la justicia gratuita puesto que "no existe obligación legal presupuestaria de aplicar toda la recaudación por un concepto concreto a un gasto específico".
Las tasas se dejaron de exigir a las personas físicas en todos los órdenes e instancias desde que se publicó el Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, cuyo artículo 11 establece la modificación de la Ley de Tasas para exonerar de las mismas a las personas físicas.
Lo ingresado por las tasas judiciales, como cualquier otro ingreso público, se destina a financiar el conjunto de los servicios públicos.
Así se señala en una respuesta parlamentaria consecuencia de un requerimiento del diputado de CiU Jordi Jané, en la que el parlamentario se interesaba por el destino de las cantidades recaudadas hasta la eliminación de este tipo impositivo a las personas físicas.
Partida presupuestaria de 6 millones de euros
Según el Ministerio de Justicia, y teniendo en cuenta la financiación del conjunto de los servicios públicos con la total recaudación por todos los conceptos tributarios, hay que destacar que en el Presupuesto del departamento para el presente ejercicio "se creó una partida presupuestaria de seis millones de euros para formalizar convenios con las Comunidades Autónomas cuya finalidad no es otra que la mejora de la asistencia jurídica gratuita". (EUROPA PRESS)