En la providencia, de 28 de junio de 2018, el juez Pablo Llarena le ha comunicado a los directores de los centros penitenciarios de Soto del Real y de Alcalá de Henares que “no existe razón procesal que conduzca a la custodia de los procesados en ningún centro penitenciario concreto, estando la decisión sujeta a los criterios penitenciarios que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias considere de aplicación”.
De esta forma, el magistrado responde a los escritos presentados por Instituciones Penitenciarias en los que le preguntaban sobre la existencia o no de algún tipo de inconveniente para proceder al traslado de los presos preventivos Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Carme Forcadell y Dolors Bassa, tal y como habían solicitado estos procesados por razones de vinculación familiar ante la Administración penitenciaria; y recuerda que la decisión compete a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
La providencia del juez instructor de la causa del "procés" ha sido notificada por fax a los centros penitenciarios de Soto del Real y de Alcalá de Henares donde están ingresados en prisión provisional los cuatro procesados: Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Carme Forcadell y Dolors Bassa.








