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07/09/2018 09:06:51 WK Principio de no discriminación 2 minutos

Un juzgado considera discriminatorio exigir el empadronamiento en el municipio para acceder a una ayuda de comedor escolar

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo considera que el requisito que obliga a los menores a estar empadronados en el municipio donde se encuentra el colegio si quieren disfrutar de las becas para el comedor vulnera el principio de igualdad y no discriminación recogido en el artículo 14 de la Carta Magna.

Exigir que el menor esté censado en el municipio para poder beneficiarse de una beca para el comedor escolar es una medida discriminatoria. Así lo ha dictaminado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Oviedo en su sentencia por la que concede a una familia la beca que el colegio les había vetado porque el menor no estaba censado en la misma localidad en la que se encontraba el centro.

En su sentencia 205/2018, el juez estima que la exigencia de que los menores para los que se solicita la beca de comedor deban estar inscritos en el padrón del Ayuntamiento de Oviedo introduce una discriminación sin justificación objetiva y razonable recogida en el artículo 14 de la Constitución Española (CE).

La convocatoria de la susodicha subvención presenta dos requisitos esenciales. El primero, que los niños estén matriculados en un colegio de Oviedo. El segundo, que estén empadronados en esta ciudad. Para el Juzgado, esta exigencia, así como el trato diferencial que hace entre los menores, no tiene “justificación objetiva”.

Asimismo, el requerimiento provoca que, en vez de facilitar la protección social, económica y jurídica de la familia, establece obstáculos que impiden a otras el acceder a la protección social y económica que tiene como objetivo la beca.

La condición de empadronamiento, añade el magistrado, no tiene en cuenta que lo que la subvención pretende es permitir a los niños del municipio hacer frente a los gastos de comedor escolar. Además, la situación de necesidad se produce esté el menor censado en Oviedo o no.

El juez va aún más allá y razona que sería un “contrasentido” que niños que asisten a un mismo comedor y que estén sentados en la misma mesa, “teniendo una misma situación económica familiar o incluso alguno de ellos más desfavorecida”, dispongan de las ayudas únicamente por residir en este municipio mientras que otros no puedan acceder a ellas.

El magistrado también ha hecho referencia a que, “en aras de poder conciliar la vida laboral y familiar”, muchas familias llevan a sus hijos al colegio del municipio donde trabajan, y no donde residen. Estas situaciones enfatizan aún más la necesidad de comedor escolar.

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