El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 22 de julio la Resolución de 11 de julio de 2019, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se prohíbe ofrecer apuestas sobre eventos que sean protagonizados exclusiva o mayoritariamente por menores de edad.
La nueva norma sigue así el criterio establecido por la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, entre cuyos objetivos figura la protección de los menores de edad, que tienen completamente prohibido participar en las actividades de juego reguladas por dicha ley. En concreto trata de hacer frente al hecho de que algunos operadores de juego con título habilitante estatal están ofreciendo concursos de pronósticos sobre eventos, principalmente de naturaleza deportiva, protagonizados exclusiva o mayoritariamente por menores de edad.
Dos son los motivos que la norma esgrime para excluir a los menores de los eventos objeto de apuesta, ya sea de naturaleza deportiva u otra: de una parte, la conveniencia de evitar la banalización de los riesgos de la actividad de juegos y apuestas por parte de los menores y, de otra, la de garantizar su participación saludable en la práctica de actividades que contribuyen a un adecuado desarrollo de su personalidad, sin el riesgo de que concurran en dichas actividades intereses económicos de terceros.
De este modo se pretende evitar que las competiciones sean manipuladas mediante la perversión de aquellas personas cuya madurez aún no se ha completado y, por tanto, son más susceptibles de ser influenciados.
La Resolución produce efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.