Consejo General del Notariado. La nueva Directiva 2019/1151 sobre la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de Sociedades, que fue adoptada el pasado mes de junio por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, fija en el mes de agosto de 2021 la fecha tope para su transposición a las normativas nacionales.
El presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz, ha explicado esta mañana que “el notariado alemán y el español, que comparten principios comunes, han colaborado con la Comisión Europea en la elaboración de esta Directiva, en el seno del Consejo de los Notariados de la Unión Europea”.
La nueva Directiva, que permite la constitución de sociedades íntegramente de forma telemática, “se apoya en la intervención de los notarios para garantizar la seguridad jurídica del proceso; la identificación y verificación de la capacidad jurídica de los empresarios; el asesoramiento imparcial, y la prevención del blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y el fraude fiscal” aseguró Martínez Sanchiz.
Por su parte, Jens Bormann, presidente de la Cámara Federal del Notariado alemán, ha señalado “el significativo papel que el legislador europeo asigna a los notarios en la Directiva, colocándolos en el centro del procedimiento de constitución de sociedades online. El objetivo es que se garantice la creación de empresas de manera legal, para evitar posteriores disputas. Al mismo tiempo, la identificación fiable del empresario permitirá establecer quien está detrás de cada empresa y quién la representa, y será de capital importancia para su inscripción en el Registro Mercantil, porque al estar controlada por un notario podemos confiar plenamente que la información es fidedigna y legal”, añadió Bormann.
La Directiva, que se enmarca en los esfuerzos de Bruselas por adaptar el entorno jurídico y administrativo de la Unión Europea a los nuevos retos de la digitalización y así fomentar la competitividad y el crecimiento del mercado europeo, pretende facilitar la libre constitución de sociedades tanto en el propio país como entre diferentes países europeos y reducir los costes, el tiempo y las cargas administrativas asociados a ese proceso, en particular para las microempresas y las pequeñas y medianas empresas (o pymes).
El proceso online de constitución de sociedades en España
Cuando la Directiva se transponga al ordenamiento español, ha explicado Martínez Sanchiz, todo ciudadano que opte por crear una empresa íntegramente online seguirá beneficiándose de las ventajas de la participación del notario en el proceso: seguridad jurídica, control de legalidad, asesoramiento imparcial y prevención de delitos financieros.
También adelantó que el Consejo General del Notariado ya trabaja en el desarrollo de los medios técnicos que permitirán el otorgamiento de la escritura pública de constitución de empresas de forma online.
Para aportar información más detallada a todos los interesados, el Consejo General del Notariado ha elaborado un