Miren Ainoa Iriarte, Ciss Mercantil. - Desde el pasado 1 febrero el Reino Unido ya no es un Estado Miembro de la Unión Europea. En dicha fecha entró en vigor el Acuerdo de retirada y se inició un periodo transitorio que durará hasta el 31 de diciembre del 2020 y que no será prorrogado por expreso deseo de los ingleses.
Todavía estamos pendientes de la firma de un acuerdo comercial que beneficie a ambas partes, sin embargo, todo parece apuntar que no será así.
Pese a las largas conversaciones para tratar de lograr un acuerdo sobre la relación comercial posbrexit el pasado 4 de noviembre los negociadores de la Unión Europea (UE) y del Reino Unido reconocieron que persisten serias divergencias.
Los acuerdos no avanzan y las diferencias que los bloquean son tres: la alineación de las normas y reglas de juego en materia de competencia, la solución de diferencias y la pesca.
Si las negociaciones fracasan, los intercambios bilaterales pasarían a regirse por las reglas de la Organización Mundial de Comercio (OMC), lo que traerá consigo elevados aranceles y un enorme alud de burocracia que amenaza con colapsar los puertos británicos.
Incluso en el caso de que la Unión Europea y el Reino Unido concluyan un acuerdo comercial, el final del período de transición supondrá la aparición de nuevas formalidades que deberá acatar.
Téngalo claro, con independencia del resultado de las negociaciones en curso, las condiciones que se acuerden, en el mejor de los escenarios, no serán nunca equivalentes a las que tenían los Estados Miembros hasta el pasado 31 de enero .
A partir de la noche vieja que estamos a punto de vivir, las empresas tendrán que aplicar las normas y legislación específica requeridas por el Reino Unido o por cada Estado Miembro, según su ubicación, con la consecuente carga administrativa y coste económico a soportar.
El brexit afectará a su empresa si:
• Vende bienes o presta servicios al Reino Unido
• Compra bienes o recibe servicios del Reino Unido
• Transporta bienes a través del Reino Unido
• Utiliza materiales y bienes del Reino Unido para comerciar al amparo de regímenes preferenciales con países socios de la UE
Entre otros cambios:
• Deberá presentar declaraciones en aduana cuando importe bienes desde el Reino Unido o los exporte a este, o bien transporte sus bienes a través del Reino Unido.
• Además de la declaración en aduana, es posible que tenga que proporcionar datos de protección y seguridad.
• Necesitará una licencia especial para importar o exportar determinados bienes (por ejemplo, residuos, determinados productos químicos peligrosos u OMG).
• Deberá realizar trámites adicionales para importar o exportar bienes sujetos a impuestos especiales (alcohol, tabaco o combustible) desde el Reino Unido o hacia este.
• Normalmente, tendrá que liquidar el IVA en el país de la UE en el que importe las mercancías desde el Reino Unido. Estará exento del pago del IVA en la UE respecto de cualesquiera bienes que exporte al Reino Unido, pero a continuación deberá cumplir las normas en materia de IVA aplicables a las importaciones en el Reino Unido.
• Cuando realice transacciones con el Reino Unido, deberá cumplir normas y procedimientos en materia de IVA diferentes de los aplicables a las transacciones dentro de la UE.
En caso de que no se alcance un acuerdo entre la UE y el Reino Unido, además de los trámites anteriores:
• Tendrá que pagar derechos de aduana sobre los bienes que introduzca en la UE desde el Reino Unido.
• Podría verse afectado por cuotas para determinados bienes que entran en la UE procedentes del Reino Unido.
Igualmente, debe tener en cuenta que, si utiliza algún material o proceso del Reino Unido, estos dejarán de ser considerados «originarios» en el marco de los actuales regímenes preferenciales de la UE.
Cuanto antes empiece a prepararse para estos cambios, menor será el riesgo para su empresa
• Comuníquese con sus socios comerciales. El final del período transitorio podría afectar a su cadena de suministro, por lo que debe también ser consciente de lo que dicho final significa para sus proveedores, intermediarios o transportistas.
• Acuda a las autoridades locales y a los centros de asesoramiento para obtener información completa y explicaciones sobre los preparativos que ha de llevar a cabo.
• Recurra a la página web de la Comisión Europea, donde encontrará «comunicaciones preparatorias» detalladas sobre una amplia gama de temas destinadas a ayudar a las empresas.
• ¡Actúe sin demora! No espere. Algunos de los procesos que debe seguir llevan tiempo, por lo que tiene que empezar lo antes posible.
Irlanda del Norte
El pasado 9 de septiembre, el gobierno del Reino Unido publicó un Proyecto de ley de mercado interno. Este Proyecto de ley vulnera el Protocolo sobre Irlanda del Norte estipulado en el Acuerdo de Retirada, al permitir que el Reino Unido pueda modificar unilateralmente las medidas aduaneras pactadas a fin de garantizar la seguridad de los consumidores de la UE.
Lo cierto es que el Reino Unido quiere eliminar los controles a las mercancías que se comprometió a implantar entre Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la vuelta a una frontera física, con el argumento de asegurar la libre circulación de bienes por todo el territorio inglés. El incumplimiento de los términos de este Acuerdo supone una violación del derecho internacional. Esta medida adoptada unilateralmente por Reino Unido genera desconfianza y condiciona las negociaciones.