La nueva central de compras para el Sistema Nacional de Salud permitirá la adquisición conjunta de medicamentos y productos sanitarios. Esta medida fue acordada por unanimidad en el Pleno del Consejo Interterritorial del SNS el pasado 18 de marzo y ahora ha sido incluida en el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.
Esta norma establece el procedimiento para la adquisición centralizada de medicamentos y productos sanitarios en el SNS, con el objetivo de mejorar la eficiencia del sistema sanitario público.
Así, se establece que mediante orden del Ministerio de Sanidad y Política Social se podrán declarar de adquisición centralizada los suministros de medicamentos y productos sanitarios que se contraten en el ámbito estatal por los diferentes órganos y organismos.
La contratación de estos suministros deberá efectuarse a través del Ministerio de Sanidad y Política Social con las Comunidades Autónomas interesadas. Éstas podrán sumarse a este procedimiento de manera voluntaria y su adhesión requerirá del correspondiente acuerdo con el Ministerio de Sanidad y Política Social.
De este modo, las Comunidades Autónomas y las entidades locales, así como las entidades y organismos dependientes de ellas e integradas en el Sistema Nacional de Salud, podrán adherirse al sistema de adquisición centralizada estatal de medicamentos y productos sanitarios para la totalidad de los suministros o sólo para determinadas categorías.
De esta manera se pone en funcionamiento una de las medidas más relevantes de entre las adoptadas por el Consejo Interterritorial el pasado 18 de marzo para mejorar la eficiencia del SNS y contribuir a la sostenibilidad del sistema público de salud.