Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
12/02/2025 11:52:31 REDACCIÓN/EP CAÑADA REAL 3 minutos

Un juez anula la demolición de una vivienda en la Cañada Real por su antigüedad

El Ayuntamiento de Madrid ha dejado transcurrir tanto tiempo sin actuar que el inmueble, construido a mediados de los años 80, ha pasado a estar "fuera de ordenación", lo que impide su derribo

Un juez anula la demolición de una vivienda en la Cañada Real por su antigüedad

El juez del Contencioso-Administrativo número 25 de Madrid ha respaldado a una familia del sector 6 de la Cañada Real al anular una orden de demolición de su vivienda. La decisión se basa en la consideración de que el Ayuntamiento de Madrid ha dejado transcurrir tanto tiempo sin actuar que el inmueble, construido a mediados de los años 80, ha pasado a estar "fuera de ordenación", lo que impide su demolición.

Tal y como se establece en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se estima un recurso contencioso-administrativo presentado por el afectado, representado por el letrado Javier Rubio del Centro de Asesoría y Estudios Sociales (CAES). En consecuencia, se anula la orden de cese del uso y desalojo, al considerarla no conforme a derecho.

Plazo de 4 años para el derribo

La Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid establece un plazo de cuatro años desde la finalización de las obras para proceder al derribo de construcciones sin licencia. Una vez transcurrido este plazo, la construcción se clasifica como "fuera de ordenación", lo que significa que ya no existe la obligación de derribo, permitiendo que la vivienda permanezca en uso indefinidamente.

La sentencia concluye que el Ayuntamiento de Madrid no puede demoler una vivienda que ha estado terminada durante varias décadas, incluso alegando que su uso como vivienda no está permitido según el Plan de Ordenación Urbana. En última instancia, lo que se busca es el derribo de una vivienda que ha ganado el derecho a permanecer por el mero transcurso del tiempo.

Además, el Juzgado ha declarado probado que la familia ha estado pagando puntualmente los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que le giraba el Ayuntamiento de Madrid, hasta que en 2011 fueron retirados del catastro.

Los letrados han indicado que esta familia, de origen marroquí, se mudó a la vivienda en 2002 y posee todos los derechos otorgados por la Ley 2/2011 de Cañada Real, incluyendo la posibilidad de hacer valer derechos adquiridos.

Corte de suministro eléctrico

El sector 6 de la Cañada Real ha experimentado un corte de suministro eléctrico durante los últimos cuatro años. A pesar de que muchas familias han solicitado establecer contratos y pagar sus suministros, la Comunidad de Madrid ha desestimado esta opción, según afirman los abogados.

No obstante, el Defensor del Pueblo ha recomendado en tres ocasiones que se restablezca el suministro y se faciliten contratos de electricidad, comenzando precisamente por aquellas viviendas que se encuentran "fuera de ordenación".

Por otro lado, el próximo 26 de febrero de 2025 se hará pública la decisión del Comité de Derechos Sociales del Consejo de Europa, que declara violados varios capítulos de la Carta Social Europea debido al corte de luz y a la inacción posterior del Estado y sus administraciones.

Desde el despacho que ha llevado el caso, se considera que esta sentencia respalda la permanencia de las viviendas que han estado terminadas por más de cuatro años, y que se deben establecer contratos de suministro para las familias que lo soliciten, en conformidad con lo estipulado en el Pacto Regional de Cañada Real y las resoluciones del Defensor del Pueblo.

Te recomendamos