El Tribunal Supremo celebró ayer una vista para revisar la condena a cuatro responsables de la desaparecida librería Kalki de Barcelona y de una editorial de Molins de Rei por vender material de ideología nazi.
La sentencia dictada en octubre de 2009 por la Audiencia de Barcelona consideraba probado que, entre enero y julio de 2003, los condenados vendieron, a través de la librería ubicada en la calle Argenter del barrio de Sant Pere y de su página web, todo tipo de publicaciones en las que se justificaba y exaltaba el régimen nazi y se incitaba al genocidio del pueblo judío.
Según el tribunal, algunos de los libros y revistas incautados en la librería y los domicilios particulares también incitaban a la discriminación, la exclusión y la eliminación de distintos grupos raciales y sociales mientras que exaltaban y justificaban los regímenes fascistas totalitarios basados en la supremacía de la raza aria. Asimismo, algunos documentos ridiculizan o banalizan el Holocausto, lo que, para los magistrados, equivalía a justificarlo.
La venta de este tipo de libros constituye un delito continuado de difusión de ideas genocidas y otro contra los derechos fundamentales y las libertades públicas, según recordó la Audiencia de Barcelona.
En concreto, se condenó a Ramon B.F., presidente del neonazi Círculo de Estudios Indoeuropeos (CEI), a tres años y medio de prisión y a pagar 6.000 euros de multa por la difusión de ideas genocidas, un delito contra los derechos humanos y otro de asociación ilícita.
Asimismo, la Audiencia impuso a Oscar P.G., propietario de la librería y dirigente del CEI, la pena de tres años y medio de cárcel y una multa de 3.600 euros por los mismos tres delitos. Carlos G.S., dirigente del CEI, fue condenado por los mismos delitos a tres años de prisión y 3.240 euros de multa, mientras que el cuarto acusado, Antonio L.S., propietario de la editorial, fue castigado con dos años y medio de cárcel y 2.400 euros de multa por difusión de ideas genocidas y un delito contra los derechos humanos.