El Tribunal Supremo ha determinado que las empresas deben reincorporar a los empleados que se encuentran en excedencia antes que convertir en fijos a aquellos trabajadores con contratos temporales.
La resolución establece que “debe prevalecer el derecho del trabajador que solicita el reingreso” y no dar preferencia a “otras contrataciones o conversiones en fijas de personas temporalmente contratadas”. Además, se indica que se vulneró el “derecho preferente al reingreso solicitado” al haber transformado en “fijos a tiempo completo a determinados trabajadores temporales, con posterioridad a que la excedente solicitara el reingreso”.
Excedencia voluntaria
Este caso se refiere a un trabajador que, tras quince años en la empresa, solicitó una excedencia voluntaria. Al intentar reincorporarse, su solicitud fue ignorada durante tres años y finalmente fue rechazada bajo el argumento de que no había vacantes disponibles. Sin embargo, el fallo destaca que se transformaron “seis contratos eventuales en fijos en cumplimiento del compromiso asumido en el ámbito de la negociación colectiva en la empresa”.
Txé Gash Hurios, abogado del Colectivo Ronda y representante del trabajador, afirma que “desde el punto de vista económico a la empresa no le interesa readmitir cuando está reduciendo la plantilla, como es el caso de esta compañía, y hay un interés de no tener que despedir pagándole una indemnización”.
El abogado indica que “este trabajador fue representante del CGT y del comité de empresa” y ahora se encuentra a la espera de que “le digan si tiene que volver a trabajar o qué tiene que hacer tras el envío de un burofax solicitando esa readmisión”.