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20/05/2025 17:02:13 REDACCIÓN INDEMNIZACIÓN 2 minutos

Condenan a un banco a pagar 12.000 euros a una persona por incluirla por error en un fichero de morosos

La demandante no había contratado ningún servicio con la entidad

Condenan a un banco a pagar 12.000 euros a una persona por incluirla por error en un fichero de morosos

El Juzgado de Primera Instancia Número 47 de Madrid condena a ING BANK N.V. (sucursal en España), a pagar una indemnización de 12.000 euros por incluir erróneamente a una persona en un fichero de morosos, a pesar de que la demandante no había contratado ningún servicio con la entidad.

La demandante, tras descubrir en verano de 2024 que la entidad bancaria le estaba aplicando una serie de cargos sin justificación aparente, solicitó explicaciones e información en una oficina de la sucursal. Allí le comunicaron que comenzaron a cobrarle intereses tras ser incluida en un fichero de morosos desde el 22 de agosto de 2021.

La afectada también acudió a la Policía Nacional para presentar una denuncia contra el banco e intentó sin éxito cerrar la cuenta fraudulenta en la misma entidad. La entidad bancaria argumentó en su defensa que existía una relación contractual online y que se cumplieron todos los requisitos legales para incluir a la demandante en ficheros de solvencia patrimonial.

"Exclusión definitiva"

El fallo judicial señala que, conforme a la carta de derechos del usuario en los servicios de comunicaciones electrónicas, corresponde al empresario adoptar las medidas necesarias para identificar correctamente al consumidor con quien contrata. Además, en la documentación aportada por la entidad bancaria, se evidencia que el domicilio real de la demandante no coincide con el que figura en el contrato, y que los requerimientos enviados a la dirección registrada por la demandada nunca fueron recibidos por la demandante.

Por todo ello, la sentencia ordena a la entidad bancaria a realizar las gestiones necesarias para proceder a la “exclusión definitiva” de los datos, y también condena a la entidad a pagar una indemnización de 12.000 euros por daños morales, en concepto de lesión a su derecho al honor.

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