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14/06/2007 04:58:00 Ministerio de Justicia INTERCAMBIO ENTRE REGISTROS PENALES EUROPEOS 2 minutos

El Consejo Europeo de Ministros de Justicia e Interior llega a un acuerdo sobre la decisión marco que organiza el intercambio de información entre Registros penales europeos

El Consejo de Ministros de Justicia e Interior de la UE reunido en Luxemburgo ha llegado a un acuerdo sobre la organización y el contenido de los intercambios de información de los registros de antecedentes penales objeto de la decisión marco. Esta Decisión Marco es de suma importancia en el contexto de la construcción europea en el ámbito del Espacio de Libertad Seguridad y Justicia, porque permite extender a la Europa de los 27, y a través de un instrumento propio del acervo comunitario, los magníficos resultados obtenidos hasta la fecha por el proyecto piloto de Interconexión de Registros Penales Europeos (NJR).

El Consejo de Ministros de Justicia e Interior de la UE reunido en Luxemburgo ha llegado a un acuerdo sobre la organización y el contenido de los intercambios de información de los registros de antecedentes penales objeto de la  decisión marco. Esta Decisión Marco es de suma importancia en el contexto de la construcción europea en el ámbito del Espacio de Libertad Seguridad y Justicia, porque permite extender a la Europa de los 27, y a través de un instrumento propio del acervo comunitario, los magníficos resultados obtenidos hasta la fecha por el proyecto piloto de Interconexión de Registros Penales Europeos (NJR).

Se aprovecha así la experiencia acumulada por el NJR, iniciado en 2004, que consiste en el establecimiento de un mecanismo de intercambio inmediato de información sobre condenas penales entre Estados miembros. Su utilización  ha arrojado resultados muy positivos durante el periodo de funcionamiento de la interconexión, iniciada el 30 de mayo de 2006.

El Registro español ha remitido por vía telemática, durante ese periodo, a los registros correspondientes 2047 notas de condena relativas a nacionales de Francia, Alemania y Bélgica pronunciadas por tribunales españoles (Luxemburgo y República Checa aún no se habían incorporado). Al mismo tiempo, ha recibido de estos países 2200 notificaciones correspondientes a ciudadanos españoles condenados en sus territorios. También el Registro español ha contestado a unas 2000 peticiones de información procedentes de los juzgados franceses, belgas y alemanes, relativas a españoles procesados  en estos países. Uno de los grandes avances de este sistema telemático ha sido su inmediatez. Todas las solicitudes formuladas fueron contestadas en un plazo no superior a las 24 horas, en un procedimiento que anteriormente podía demorarse meses e incluso años a través de comisiones rogatorias.

Beneficios para el procedimiento penal español

Los aspectos más positivos que este sistema de intercambio de datos ha generado para el procedimiento penal español son dos, principalmente. El primero, la posibilidad de aplicar la agravante de reincidencia internacional gracias a la utilización de los antecedentes penales procedentes de los Registros Centrales de los países que forman parte de la red.

En segundo lugar, estos antecedentes aportan constancia de indicios sobre la peligrosidad del encausado. Así, cada Registro debe remitir a los otros Registros las notas de condena que se refieran a los nacionales de cada país inmediatamente después de que se inscriban. Este sistema, completamente operativo en la actualidad, permite que los tribunales españoles, por ejemplo, reciban la información penal de ciudadanos extranjeros que van a ser juzgados en España, con una inmediatez insospechada hasta ahora, lo que aporta un importante elemento en el proceso de toma de decisiones.

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